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LEY DE IGUALDAD

El Gobierno aprueba una ley para equiparar derechos laborales

Fotografía
Por Beatriz MartínezTiempo de lectura2 min
Sociedad03-03-2006

Si todavía se celebra el día de la mujer es que no se ha conseguido la plena igualdad en beneficios y oportunidades. Por el momento no existe una paridad total en las listas electorales a todos los órganos de representación directa así como en todos la Administración y empresas privadas.

La Ley orgánica de Igualdad entre Mujeres y Hombres define qué es acoso sexual y qué prácticas suponen infracciones graves y muy graves en el ámbito laboral. Así, según los objetivos que se plantea la norma, las empresas tendrán que incluir planes de igualdad en la negociación de los próximos convenios colectivos y las empresas pequeñas deberán incluir en sus convenios medidas destinadas a promover la igualdad real. Todo ello está encaminado a mejorar la posición laboral de las mujeres y evitar que el acceso a determinadas categorías, planes de promoción, salarios y pluses sea más favorable a los hombres. En relación a la compatibilidad del trabajo y la vida familiar, la Ley de Igualdad pretende matizar ciertos aspectos, pues una de las principales novedades es la creación del permiso de paternidad de ocho días tanto para padres biológicos como adoptivos —independientemente de los días de permiso por nacimiento y de que la madre pueda ceder al padre, como hasta ahora, parte de su permiso de maternidad—, a disfrutar en cualquier momento durante la baja maternal. Con el fin de mejorar la situación de las madres trabajadoras el permiso maternal se amplía dos semanas en caso de parto múltiple o nacimiento de un hijo con discapacidad y, si el puesto de trabajo implica riesgo para el embarazo, la mujer podrá solicitar la suspensión del contrato y acceder a una prestación sin exigirle ese periodo de carencia. Actualmente el permiso para solicitar una excedencia es válido hasta que el hijo alcance los seis años, pero la nueva ley pretende no sólo ampliarlo hasta los ocho años, sino también se amplia a dos años el tiempo que se cotiza en la Seguridad Social, pues hasta hora sólo era el primer año de la excedencia. Las empresas deben preocuparse en sus gabinetes de recursos humanos de diseñar una jornada de trabajo apta para conciliar vida familiar y laborar, pues otra problemática añadida cada vez más en nuestros días es la de tener familiares ancianos o enfermos a los que es necesario dedicar cuidados, por este motivo se ampliar de uno a dos años el tiempo de excedencia.