LEY DE IGUALDAD
Las mujeres ocuparán el 40 por ciento de los altos cargos en las empresas
Por Maite Núñez2 min
Sociedad03-03-2006
Eliminación de la discriminación a la mujer en la esfera política, civil, económica, social y cultural. La Ley de Garantía de la Igualdad entre Mujeres y Hombres ha abierto una puerta a la equiparación de derechos laborales entre sexos, además de prevenir el acoso sexual.
El anteproyecto de la Ley de Garantía de la Igualdad entre Mujeres y Hombres, aprobado el 3 de marzo, recoge un paquete de medidas que equiparan a la mujer y al hombre tanto en la vida personal como en la laboral. El Gobierno ha asegurado que esta nueva Ley es el primer avance en cuanto a la igualdad de sexos desde que entró en vigencia la Constitución: el anteproyecto de Ley garantiza una "presencia equilibrada" no inferior al 40 por ciento de mujeres en los procesos electorales en los órganos de Gobierno y en Consejos de Administración de las Empresas. Asimismo, la Ley de Igualdad prevé que las empresas que discriminen a sus trabajadores por razones de sexo o que permitan una situación de acoso, podrán ser multadas con hasta 90.000 euros, según la gravedad de la situación. Además, las compañías deberán fijar medidas de igualdad. Las que sean mayores de 250 trabajadores tendrán que negociar ya en sus convenios planes de igualdad que consigan equiparar ambos sexos e impedir la exclusión de la mujer. Esta Ley también intentará equiparar los salarios que perciben hombres y mujeres, ya que hoy en día los hombres cobran un 40 por ciento más que las mujeres. De la misma manera, la nueva Ley otorga un permiso de paternidad de ocho días más que se añaden a los dos ya existentes. Además, los padres podrán disponer de una jornada reducida hasta que el niño cumpla los ocho años de edad y de una mejora en las excedencias para el cuidado de los hijos. Tampoco se tomarán represalias contra la mujer por el embarazo. Sin embargo, los sindicatos UGT y Comisiones Obreras (CC.OO.) afirman que este anteproyecto de Ley no implanta nuevas normas que no estén reguladas con anterioridad en el Estatuto de los Trabajadores.