Cataluña
El Constitucional anula las estructuras de Estado catalanas
Por Luis Lautenschlaeger Feijóo
3 min
España08-07-2016
Duro golpe para los catalanes en su carrera hacia el independentismo. El Tribunal Constitucional tumbó este jueves el desarrollo de las llamadas estructuras de Estado, impulsadas por parte de la Generalitat de Cataluña e incluidas en la Ley de Medidas Fiscales y Financieras de 2015. La decisión ha sido tomada de forma unánime por todos los miembros de este organismo, anulando directamente algunas disposiciones como la creación de una Agencia Tributaria propia o la elaboración de un catálogo de infraestructuras estratégicas.
El Tribunal Constitucional anuló este jueves la creación de las conocidas como estructuras de Estado impulsadas por parte de la Generalitat de Cataluña en su camino as como estructuras de Estado impulsadas por parte de la Generalit de Cataluvministro del Interior, Jorge Fern lña en su carrera hacia la independencia e incluidas en la Ley de Medidas Fiscales y Financieras de 2015.
Así, la decisión fue tomada de forma unánime y se trata de una estimación parcial del recurso del Gobierno. En cambio, el Tribunal Constitucional ha sido bastante flexible, lo que ha facilitado que todos sus miembros se pusieran de acuerdo. De esta forma, en algunos casos dicho organismo anula directamente algunas de las disposiciones impugnadas, mientras que en otros tan solo establece el modo en que estas deben ser interpretadas para que sean compatibles con la Constitución Española.
En cambio, los magistrados consideran incompatibles con la Ley Fundamental casi la totalidad de los preceptos, sobre todo el que preveía la creación del plan director de la Administración tributaria de Cataluña. La lista la completan otros puntos, tales como la elaboración de un catálogo de infraestructuras estratégicas de Cataluña, el plan director relativo a los sectores de la energía, las telecomunicaciones y los sistemas de información y del transporte ferroviario, la creación de un Servicio Meteorológico de Cataluña o la limitación para el establecimiento de grandes centros comerciales en puertos públicos.
Por su parte, dicho organismo contempla como constitucionales, siempre y cuando se lleven a cabo, tal y como indica la sentencia, las disposiciones relativas a la elaboración de un inventario del patrimonio de las administraciones públicas de Cataluña y la creación de una Agencia Catalana de Protección Social.
Para el Tribunal Constitucional la creación de una Agencia Tributaria propia excede las competencias de la Generalitat para "organizar, en el respeto a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de Cataluña, su propia Administración y su Administración tributaria". Por lo tanto, según este organismo, los asuntos tributarios son “responsabilidad del Estado”. "Una comunidad autónoma no puede asumir más potestades sobre las ya recogidas en su Estatuto en vigor, si no es mediante modificaciones normativas que quedan extramuros de su capacidad de decisión. Tampoco puede anticipar en sus normas, como aquí se ha hecho, los resultados de una tal hipotética modificación competencial", sentencia.
En cuanto a la creación de un catálogo de infraestructuras estratégicas de Cataluña, el TC opina que esta medida afecta a la competencia sobre seguridad pública, algo que también se escapa de las responsabilidades de las comunidades autónomas. “Solo el Estado puede dictar una normativa específica para la protección de las infraestructuras estratégicas en la que se contemple un registro o catálogo de las mismas", añade. Por el mismo motivo, anula la posibilidad de la Generalitat para poner en funcionamiento una comisión interdepartamental que garantice el funcionamiento de dichas infraestructuras.
La noticia ha sido celebrada por el Gobierno y por Mariano Rajoy, que calificaba como “magnífica” la misma. El Constitucional ha aceptado casi en su totalidad todos los argumentos presentados por el Ejecutivo en su recurso, por lo que desde La Moncloa consideran que la decisión tomada por este organismo es “bastante equilibrada”.





