CASO PALMA ARENA
Jaume Matas evita ingresar en prisión
Por Ana Pascual Ases
3 min
España23-07-2013
El Alto Tribunal ha eliminado los delitos de malversación, prevaricación, fraude a la Administración y falsedad en documento oficial y mercantil del ex presidente del PP balear y ex ministro del período del ex presidente José María Aznar, Jaume Matas, pero ha considerado mantener la condena por tráfico de influencias. En la sentencia hecha pública del Tribunal Supremo se ha indicado que se rebaja la pena del político de 6 años a 9 meses de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Palma en marzo de 2012. Esto ha supuesto que Matas pueda evitar ingresar en prisión porque para ello la condena debería haber superado los dos años.
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha mantenido la condena de 9 meses de prisión y una multa de 6.000 euros para Matas, por considerarle como autor de un delito por tráfico de influencias. El Supremo ha dictaminado que el ex presidente balear “utilizó su autoridad jerárquica para presionar” con el objetivo de que se concediera una subvención de 450.000 euros al periodista que le realizaba los discursos, Antonio Alemany, también condenado en el mismo caso. Sin embargo, Matas ha quedado absuelto de los otros delitos que le condenaban, ya que el Supremo ha explicado que “la condición ética de la reprochabilidad de los actos denunciados no puede determinar la sanción penal”. Los magistrados de Mallorca le impusieron una pena total de seis años de prisión en el primero de los más de 20 procesos que tiene abiertos por el caso Palma Arena, referido a la investigación del sobrecoste del velódromo construido por el Gobierno balear, pero que ha llegado a convertirse en una macrocausa. El Tribunal no ha discutido los hechos probados, pero sí la consideración delictiva que les atribuyó la Audiencia. El Supremo ha mantenido, en relación al concurso, que se adjudicó a una sociedad llamada Nimbus, la cual realizó trabajos como redacción de discurso y otros, por los que cobró “en modo alguno”, pudiendo ser considerado como prevaricación, ya que hubo un servicio prestado a cambio de dinero. En cuanto a la malversación, el Tribunal ha aceptado la defensa de los acusados, mientras que la Audiencia les condenó porque del dinero pagado a Nimbus se dedujeron comisiones para terceras personas, ahora el Supremo ha entendido que se trataría de “un acuerdo en particulares”. Esto quiere decir que se hizo un concurso abierto, se firmó un contrato con Nimbus, se pagó a cambio de servicios prestados, y luego el preceptor pagó una comisión con dinero que no era público, por lo que no puede haber delito de malversación, según el Supremo. En lo que se refiere al fraude, el Tribunal ha señalado que pudo existir un concurso sobre el que Nimbus pudo disfrutar de información privilegiada, una irregularidad administrativa u otra figura delictiva, pero no fraude ni falsedades en documentos públicos y mercantiles. El fallo del Supremo ha permitido que Matas eluda la cárcel de momento, puesto que tiene que enfrentarse todavía a varios proceso judiciales y la futura condena podría llevarle a prisión al tener antecedentes de la sentencia dictada ahora. Matas está implicado en 19 de las 29 piezas del caso Palma Arena, origen del caso Nóos, en el que están imputados Iñaki Urdangarin y su ex socio, Diego Torres. El artículo 88 y siguientes del Código Penal son los que regulan la sustitución de las penas de cárcel, para penas inferiores a un año, lo normal es que el juez sustituya la pena de cárcel por una multa o trabajos de beneficio de la comunicad, una vez analizadas “las circunstancias personales del reo, la naturaleza del hecho, su conducta y, en particular, el esfuerzo para reparar el daño causado así lo aconsejen”. Matas ha expresado su “absoluto respeto” a la decisión tomada por el Tribunal, “expreso mi más absoluto respeto a las decisiones judiciales”, ha indicado. El ex presidente, responsable del Govern balear desde 1996 a 1999 y 2003 a 2007, y ministro de Medio Ambiente de 2000 a 2003, fue condenado por la Audiencia Provincial de Baleares en marzo de 2012, al entender que intervino en la contratación irregular por parte del Ejecutivo autonómico del periodista, así como que benefició a este con dinero público a través de actos producidos entre 2003 y 2007. En ese tiempo, Matas concedió al Alemany, mediante un concurso de pantalla a favor de su empresa Nimbus, alrededor de 200.000 euros por escribir sus discursos y asesorarle en materia informativa. Por su parte, el Supremo ha rebajado la condena de 2 años a 3 meses de prisión al periodista, cuando en un principio se le había condenado a 3 años y 9 meses.





