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Tribunales

España defiende la doctrina Parot en Estrasburgo

Por Diego RuizTiempo de lectura3 min
España20-03-2012

El Gobierno español, ha defendido este miércoles en la Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en Estrasburgo la doctrina Parot, mediante la Abogacía del Estado. El Ejecutivo español argumenta que la doctrina Parot, aplicada en este caso a la etarra Inés del Río, no viola el Convenio Europeo de Derechos Humanos, ya que no alarga su pena.

En concreto, la representación española ha preguntado al letrado si “¿es igual un asesinato que 132 asesinatos?” en el momento de calcular y aplicar los beneficios penitenciarios para un asesinato que para múltiples, como los de Inés del Río, con 24 asesinatos a su espalda y 108 en grado de tentativa. Por su parte, el abogado del Estado, Isaac Salama ha declarado ante el tribunal que el derecho español, desde 1970, defiende que la redención de penas por trabajo es “exclusivamente” para permitir el “adelantamiento” de su libertad, por lo que en el caso de la etarra, su condena “no se ha prolongado ni un solo día la pena impuesta a la demandante”, a la vez que tampoco se ha prolongado “el límite” de cumplimiento de la pena, que en España tiene un máximo de 30 años. Además, Salama defendió que la sentencia de febrero de 2006 del Tribunal Supremo español, que estableció la doctrina Parot, aseguraba que “no podía darse el mismo tratamiento penitenciario” a un asesinato que a un caso de múltiples asesinatos. Asimismo, Salama insistió ante la Gran sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que en caso de que se hubiera aplicado de “forma retroactiva” la doctrina Parot a Inés del Río habría tenido que cumplir el “máximo de 40 años” de cárcel, que fija el Código Penal. Por ello, el abogado español ha reclamado al tribunal que “revoque la sentencia de la Tercer Sección del tribunal que el 10 de julio condenó a España por vulnerar los artículos 7, que dice: “no hay castigo sin ley” y el 5: “derecho a libertad y seguridad” del Convenio Europeo de Derechos Humanos. El abogado del Estado criticó, también, las tretas de confusión de la demandante al Tribunal, ya que argumenta que su pena se ha visto alargada en nueve años por la doctrina Parot. La etarra insistió en que “todos los códigos penales” españoles; incluido el vigente “han especificado que las múltiples penas deben cumplirse sucesivamente por orden de gravedad hasta llegar a un límite máximo”, y que al haber llegado a ese límite “dejan de extinguir a todas las penas que quedan por cumplir”. Inés del Río fue condenada a más de 3.200 años de prisión en total. A este punto, Salama recordó que según un auto en firme de la Audiencia Nacional del 15 de febrero de 2001, “fijo con exactitud” la fecha de la salida de la etarra, una fecha que no recurrió la demandante por lo que según Salama, “si hubiera tenido alguna expectativa de salir antes de prisión, habría recurrido”. Al no hacerlo, “aceptó que su puesta en libertad fuera en 2012”, recalcó el abogado. “Desde el primer momento la demandante fue formalmente notificada de que cumpliría las penas impuesta hasta el límite de 30 años y que saldría en libertad en 2017”, apuntó Salama. En caso de que el Tribunal de Estrasburgo falle a favor del Ejecutivo, Del Río permanecerá en prisión hasta 2017. En caso de que ratifique la primera sentencia, la etarra saldrá ya de la cárcel, además de considerarse que su pena habría acabado en 2008.