ETA
Un etarra quedó en libertad por error al no aplicársele la ¬doctrina Parot¬
Por Irene E. Sánchez
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España19-03-2008
Se trata de la sentencia del TS del 28 de febrero de 2006, por la cual se acumulan las penas para el cumplimiento sucesivo. Obliga a permanecer en la cárcel 30 años a los grandes delincuentes, especialmente a los terroristas, sin posibilidad de que las penas se reduzcan. Es la doctrina Parot, que no aplicó la Audiencia Nacional a Etxegarai Gastearena, condenado a 99 años por delitos de terrorismo. Hoy la Sala rectifica el fallo con la orden de su reingreso en prisión.
La doctrina Parot trajo consigo el endurecimiento del Código Penal de 1973 en su fórmula sobre el cómputo de penas. El máximo legal de permanencia en la cárcel en España, de 30 años, estaba antes unificado. Así, este transcurso máximo de tiempo reunía todas las condenas, y a partir de esta cifra se reducían en función de las redenciones correspondientes. Se denomina de esta manera gracias al histórico miembro de ETA Henri Parot, al que por primera vez se aplicó esta modificación en el cumplimiento de las penas. Cuando el 4 de enero de este año el etarra Fernando Etxegarai Gastearena fuera puesto en libertad por el tribunal que sustituía a los magistrados titulares, que se encontraban de vacaciones, no se le había aplicado en ningún caso la doctrina mencionada, que amenazaba con aumentar sus años en prisión. El terrorista fue detenido el 23 de abril de 1987, y su juicio celebrado en 1990, en el cual el Fiscal pidió por su autoría de cuatro delitos de estragos y cinco de terrorismo 99 años de prisión para Etxegarai. Al percatarse los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, que ya habían retornado de sus días libres, de la no aplicación de la doctrina Parot sobre el etarra, decidieron echar por tierra el fallo de los sustitutos y, por ello, crearon una orden que pedía su uso, y, en este caso, como consecuencia, el reingreso en prisión de Etxegarai mediante un auto de detención. Si dadas las circunstancias, el que el 10 de junio de 1984 lanzara un artefacto incendiario contra el concesionario de Renault de Portugalete y una botella del mismo tipo contra el de Basauri y colocara un artefacto explosivo en el de Peugeot de las Arenas y otro en un pub de Basauri en octubre y noviembre el mismo año, fuera trasladado de nuevo a la cárcel, sentaría precedente y se convertiría en el primer terrorista excarcelado al que se le aplica la doctrina Parot. Entre otros atentados que se le atribuyen se encuentran la colocación de los anteriores artefactos, en noviembre de 1985, en Hormigones Vascos del Regato, en Baracaldo, y otro en el concesionario de Renault de Laredo, en dos vehículos de matrícula francesas y en el concesionario de Renault de Las Arenas.





