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QUERELLA

Garzón decide archivar el caso de la OPA de Telefónica sobre su filial Terra

Por Eva OlarteTiempo de lectura1 min
Economía16-04-2004

Cuando en mayo del año pasado Telefónica lanzó una oferta pública de adquisición (OPA) sobre el 100 por 100 de Terra, los accionistas minoritarios de la operadora y de su filial no pudieron sino sentirse engañados. Al parecer, la actuación de Telefónica suponía para ellos tener que vender sus acciones a mitad de precio, con lo que podían resultar seriamente perjudicados, ya que no se trataba de inversores habituales, sino de pequeños ahorradores que habían confiado su dinero a la buena marcha de los mercados.

Puestos en manos de la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (Adicae), presentaron en seguida sendas demandas ante el Servicio de Defensa de la Competencia (SDC) y ante la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), órgano que se define como “protector de los pequeños accionistas” y único capacitado para desautorizar este tipo de actuaciones. Pero la CNMV no encontró motivos suficientes para ceder a la petición de Adicae y la OPA sobre Terra siguió su curso hasta que finalizó en julio del 2003. La querella interpuesta por Adicae ante la Audiencia Nacional viene desde entonces. Varios ex altos cargos, tanto de Telefónica como de Terra, fueron acusados de estafa, apropiación indebida, conspiración para alterar el precio de las cosas, coacciones y delito societario. Entre los imputados se encontraban quien fuera presidente de Telefónica, Juan Villalonga, dos de sus ex consejeros, Juan Perea y Martín Velasco, y el fundador del buscador Olé –embrión del portal Terra-, Josep Vallés. Tras las declaraciones prestadas por Perea, Velasco y Vallés el pasado mes de diciembre, el caso, en manos del juez Baltasar Garzón, ha sido archivado. A principios de abril dictaba un auto por el que rechazaba la querella de Adicae, justificando que el hecho de que algunos accionistas resultaran perjudicados por la OPA no es constitutivo de delito. Según el juez, las demandas de Adicae “se limitan a relatar los acontecimientos de una compañía”. No existen, pues, pruebas de la utilización de información privilegiada, ni del enriquecimiento personal de los querellados, por lo que sus actuaciones no constituyen infracción penal, en concreto para los delitos de estafa, apropiación indebida y delito societario.