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Educación

Condenan un profesor universitario por delito de prevaricación

Por Paloma SztrancmanTiempo de lectura2 min
Sociedad16-02-2017

El Tribunal Supremo aplica de esta forma su primera condena por prevaricación a un docente. El condenado es Fernando Peñafiel, profesor de la Universidad de Granada, por calificar a una alumna con una nota de sobresaliente cuando la misma alumna no realizó ningún examen ni ningún trabajo con el que pudiese obtener dicha calificación. Sin embargo, Peñafiel no es el único condenado: También considera culpable a la persona encargada de mediar entre profesor y alumna.

María del Carmen Cara Jiménez es la administradora adjunta de la Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada. La alumna implicada, Jéssica Gavilán, le contó a la administradora el problema que padecía: Gavilán en 2008 estaba cursando una licenciatura en Pedagogía y simultáneamente trabajaba en la provincia de Cádiz, por lo que le era complicado asistir a clase y hacer los exámenes.

Pero necesitaba aprobar alguna asignatura para que de forma posterior pudiera acceder al derecho de compensación tal y como estaba previsto en la Normativa de la Universidad de Granada, ya que al no tener los créditos suficientes y tener suspensas varias asignaturas troncales de el primer y el segundo ciclo, Gavilán no reunía los mínimos exigidos para obtener el título. 

Luciano Varela, magistrado de la sala, se ha remitido a los correos electrónicos intercambiados entre administradora y alumna. En uno de ellos, Cara le confirmaba a la la alumna que había encontrado a un "profe amigo" con intención de aprobarla. Previamente, la administradora había hablado con Peñafiel, quien daba la asignatura de 'Orientación Escolar y Tutoría' y aceptó la propuesta. Así Gavilán aprobaría "sin que tuviera que realizar ningún examen, aún sin conocerla y sin que hubiera podido asistir a ninguna de sus clases hasta el momento porque ni siquiera estaba matriculada".

Por todas las pruebas halladas, se pide una sentencia de siete años de prevaricación para el profesor Peñafiel y otros siete años de inhabilitación para Cara. El Tribunal ha rechazado el recurso impuesto por el profesor. El docente afirmaba que "la nota de un examen no trata de cubrir el carácter de resolución de carácter decisorio dictada en asunto administrativo", algo con lo que el Tribunal no se ha mostrado de acuerdo. Considera que una nota de una examen así como su reflejo en el acta, constituye una resolución administrativa susceptible de determinar un delito de prevaricación, ya que "la decisión del personal administrativo, en general el profesor, que fija el nivel de adquisición de conocimientos, con destino al expediente del alumno constituye de manera indudable un acto administrativo".