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REFORMA DEL ABORTO

Sólo dos leyes han regulado el aborto en España

Por Jesús Espinosa Tiempo de lectura3 min
Sociedad15-04-2015

El aborto vuelve otra vez a la cabeza de la actualidad por la reforma del PP que impide a las menores de 18 años abortar sin permiso paterno. En España, actualmente rige la ley que aprobó el ex presidente socialista José Luis Rodríguez Zapatero, que se basa en un sistema de plazos, y que el PP prometió derogar; pero al final solo ha cambiado el aspecto del consentimiento paterno de las menores, pero nada más.

El aborto en España ha tenido dos grandes legislaciones. La ley del aborto de 1985 y la del 2010, impulsada por Zapatero. Esta última ha sufrido varias reformas. La última, la aprobada por la mayoría absoluta del Partido Popular en el Congreso recientemente.

En la primera, la ley de 1985, se trataba de una Ley Orgánica que despenalizaba determinados supuestos con los que se podría interrumpir el embazado. Se trataba de una ley de supuesto, y se fijaban exactamente tres excepciones en donde se podría abortar.

La primera, en caso de grave riesgo para salud física o psíquica de la embarazada. Un supuesto terapéutico que había de acreditarse con un informe médico. La segunda, en caso de violación. En este último, se permitiría abortar durante las primeras 12 semanas de gestación. Para terminar, la tercera excepción son las malformaciones o taras físicas o psíquicas en el feto. Es el llamado supuesto eugenésico y sólo estaba permitido en las primeras 22 semanas de embarazo con un informe médico que lo avalase.

En esa ley de 1985, solo podrían abortar las mujeres mayores de 18 años sin necesitar otro consentimiento que el propio. Por otro lado, las chicas de 16 y 17 años necesitaban la autorización de sus padreo tutores para poder someterse a esta intervención.

La segunda gran ley, que aprobó Zapatero en 2010, es la llamada ley de salud sexual y reproductiva e interrupción voluntaria del embarazo; y es la que está en vigor actualmente. Esta, es un sistema combinado de plazos e indicaciones. Lo más importante es que le permite a la mujer abortar por su propia voluntad siempre que no hayan pasado 14 semanas de gestación.

Sin embargo, esta ley también permitía abortar por razones médicas, caso en el que se establecen plazos distintos en función de cada circunstancia. Fuera de estos límites, el aborto está prohibido.

En esa ley, podían abortar las mujeres mayores de edad y aquellas chicas de 16 y 17 años que así lo quisieran sin necesidad de presentar consentimiento de sus padres o tutores. No obstante, debían acreditar que han informado al menos a uno de ellos de su decisión. Solamente podrían saltarse ese paso si alegaban que les ocasionaría “un conflicto grave”.

El Gobierno de Mariano Rajoy aprobó en el Consejo de Ministros una primera reforma de la ley de Zapatero, aunque no llegó a aprobarse en el Congreso. En esta, impulsada por el ex ministro de Justicia, Alberto Ruíz-Gallardón, aunque le acabaría costando el cargo, se prohibía el aborto en todos los casos salvo en dos excepciones: una, en caso de violación y la segunda en caso de grave peligro para la salud física o psíquica de la mujer.

Por último, la segunda reforma es la que el Grupo Popular impulsó en el Congreso solamente para cambiar lo relativo a las menores de edad. La iniciativa, ya aprobada, contempla que las chicas que no hayan cumplido los 18 años deben recurrir al “consentimiento expreso de sus representantes legales” para abortar. En caso de conflicto, “se resolverá conforme al Código Civil”. Es decir, es un juez el que tendrá la última palabra.