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Caja Madrid

Fianza de 4,3 millones a 21 imputados por las tarjetas opacas

Por David Sánchez TorricoTiempo de lectura2 min
España27-02-2015

Fernando Andreu, juez de la Audiencia Nacional, ha fijado este viernes fianzas por un total de 4,3 millones de euros para 21 de los consejeros que declararon hace unos días, imputados por el uso de las tarjetas opacas de Caja Madrid, para cubrir las posibles responsabilidades que puedan declararse de esta causa. Las cantidades fijadas varían entre los 11.000 euros impuestos a Virgilio Zapatero, hasta los 610.000 asignados para José Antonio Moral Santín.

Andreu ha advertido que "de no depositar dichas fianzas, se procederá al embargo de sus bienes hasta cubrir la suma". El auto no es firme y contra él puede interponerse un recurso en el plazo de tres días. El juez describe a las visas en el auto como "tarjetas de empresa", y descarta que "fueran un complemento a su retribución".  "Los consejeros decidieron utilizarlas generando, en provecho propio, un perjuicio a la entidad que administraban. De esta forma, estas conductas suponen un delito continuado de administración desleal, aunque existe la posibilidad alternativa de considerarlas como apropiación indebida", asegura.

El juez sustenta sus argumentos "en el contundente testimonio del exconsejero delegado de Bankia Francisco Verdú, que la rechazó por estimar que se trataba de una mala praxis". Según Andreu, "los imputados pudieron y debieron haber puesto de manifiesto esta práctica a fin de evitar la misma, pues esta supervisión y control estaba entre sus atribuciones". "La emisión de dichas tarjetas respondía única y exclusivamente a los gastos derivados de las labores propias de un consejero, pero los imputados usaron esas visas en fines de semana o festivos, en artículos de lujo y otros productos que en ningún caso pueden corresponder a gastos de representación", añade.

Andreu destaca, en el auto, que "las explicaciones dadas en la Audiencia Nacional sobre el uso de las tarjetas son tantas como el número de consejeros que han declarado". "En cualquier caso, con independencia de las instrucciones verbales que les pudiera facilitar la persona encargada de la entrega física de la tarjeta, los citados consejeros deberían haber sabido, pudieron haber sabido y hubieran tenido la obligación de saber para qué y cómo debían hacer uso de los fondos que, a través de las mencionadas tarjetas de crédito, se les entregaban", asegura el juez. Para Andreu, "es un punto evidente que no se trataba de ningún tipo de retribución o complemento retributivo, pues hacerlo con unas tarjetas entregadas de forma discrecional escapa a las normas del sentido común y de la lógica empresarial".

El magistrado deduce que "existen méritos suficientes como para calificar a las citadas tarjetas de crédito como a lo que, en el mundo empresarial, se conoce como tarjetas de empresa, aquella que facilita la empresa a sus empleados a fin de que los mismos no tengan que adelantar de su peculio los gastos originados por el ejercicio propio su puesto de trabajo o cargo". En el auto, Andreu se remonta "a la reunión del consejo de administración de Caja Madrid de 30 de octubre de 1995, en la que el entonces presidente de la entidad, Jaime Terceiro, informó al consejo, entre otros asuntos, de la entrega de tarjetas Visa de empresa a los miembros del consejo y de la comisión de control exclusivamente para gastos de representación".