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INTERNET

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información permitirá la censura en Internet

Por Juan Martín MuñozTiempo de lectura2 min
Comunicación31-05-2001

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información señala que las webs, ya sean medios de comunicación digitales o simples páginas colgadas en la Red, deberán constar en registros públicos formalizando su existencia a niveles similares al de las empresas.

La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información que prepara el Ministerio de Ciencia y Tecnología obligará a toda información publicada en Internet a estar sujeta a la intervención administrativa del Estado Español. Se considerará delito acompañar los artículos con vínculos a páginas ilícitas, no disponer de copias de artículos publicados y no retirar de la publicación aquellas informaciones que las autoridades administrativas consideren ilícitas. Las multas podrán llegar hasta los cien millones de pesetas. La creación de esta ley, según la Asociación de Periodistas de Internet (API), anularía las diferentes iniciativas de las comunidades libres en la Red española. La definición que se da en el anteproyecto de Ley a los Servicios de la Sociedad de la Información es tan amplia que recoge cualquier actividad remunerada o no remunerada por sus destinatarios, de comercio electrónico o de simple valor periodístico. Los puntos de mayor discusión entre los usuarios se basarían en que los sites deberán poner a disposición de sus usuarios y órganos administrativos y judiciales, en forma permanente, cualquier información referente a su denominación social, domicilio, teléfono, dirección de correo electrónico, datos de inscripción en el Registro Mercantil, etcétera. De no ser así serán multados con entre 15 y 50 millones de pesetas. Otro elemento de discordancia sería la creación un Registro Público en el que se almacenarán los datos de todos los sites. La inscripción en este registro será obligatoria, no pertenecer al registro será equivalente a no tener personalidad jurídica. Negarse a entrar en este registro será multado con entre medio y quince millones de pesetas. Los dominios del proyecto deberán señalarse muy claramente en dicho registro (exponiendo quién, cómo y porqué se adquirió ese dominio).