TERRORISMO
La Audiencia Nacional excarcela a dos etarras
Por Irene Flores Ruiz
3 min
España23-05-2013
Nuevo golpe contra las víctimas del terrorismo. Los miembros de la banda terrorista ETA, Josu Ciganda Sarratea y José Carlos Apeztegia han sido puestos en libertad por la Audiencia Nacional el pasado martes y este miércoles, respectivamente. Las excarcelaciones son justificadas ya que se les aplica el Código Penal más beneficioso para los reos.
José Carlos Apeztegia Jaca fue detenido el 30 de enero de 1992. El etarra sumaba penas de cárcel de más de 71 años por varios actos terroristas así como varias condenas por pertenecer a la banda terrorista ETA y por amenazas que están fechadas en los años 1990 y 1991. La ley con el que fueron condenados todos estos hechos era el Código Penal de 1973 que estipulaba una pena de 25 años de cárcel y un máximo de 30 años. Sin embargo, el Código Penal posterior que data de 1995 bajó la condena por tentativa de acto terrorista entre los 10 y 20 años de cárcel. Debido a que la Ley obliga a que se aplique al recluso la más beneficiosa para él, José Carlos Apeztegia había ya cumplido el máximo de 20 años de cárcel que estaba estipulado en el Código Penal de 1995. De esta manera, el tribunal que está presidido por Fernando Grande-Marlaska ha decretado su puesta en libertad. "A partir de ese dato, es fácil de determinar que la legislación más beneficiosa es el Código Penal de 1995. Según las hojas de cálculo remitidas por el Centro Penitenciario, resulta que el condenado se encuentra, ininterrumpidamente, en prisión desde el 30 de enero de 1992, luego el plazo de los 20 años, límite máximo, ya ha transcurrido. Procede decretar su libertad por cumplimiento de condena", señalaba el auto que fue emitido, ayer, por la Sección Primera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Esta excarcelación se produce menos de una semana después de que el Pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenase la excarcelación de otro histórico miembro de la banda terrorista ETA, Josu Ciganda Sarratea, que fue condenado a más de 550 años de prisión por cometer ocho atentados terroristas en los que causó la muerte de nueve personas. En su puesta en libertad, el Pleno de la Sala de lo Penal ha aplicado el Código Penal de 1973 que es la norma que se aplicó en el momento en el que el etarra cometió los delitos y que fecha como límite máximo de cumplimiento los 30 años de prisión. Josu Ciganda Sarratea fue detenido en el año 1989 aunque, también, fue condenado después de la entrada en vigor del Código Penal del año 1995. Fue condenado en enero de 1997 a 220 años de prisión por el atentado cometido contra la Casa Cuartel de Eibar situada en Guipúzcoa en el que ocho agentes y algunos civiles fueron heridos. A pesar de ello, el Pleno ha estimado que se le debe aplicar el Código Penal de 1973. El etarra se encontraba en una cárcel de Jaén cumpliendo la “doctrina Parot” y su puesta en libertad no estaba prevista hasta 2019. La Asociación de Víctimas del Terrorismo ha calificado la excarcelación del etarra Ciganda Sarratea de agravio a las víctimas de terrorismo y estima que se está derogando, de esta manera, la Doctrina Parot. “Expresamos nuestro temor de que, gracias a lo decidido por la Sala de lo Penal, los etarras que cumplen prisión por la 'doctrina Parot' podrían interpretar este auto para beneficiarse", señalan en un comunicado. Además, añaden que esta decisión que es inexplicable podría suponer una vía de escape para que los terroristas no cumplan hasta el último minuto de sus condenas y salgan de rositas", han subrayado. Asimismo, la Fiscalía de la Audiencia Nacional ha confirmado, este jueves, que recurrirá ante el Tribunal Supremo la decisión de poner en libertad a Sarratea debido a que considera que, en su caso, debió de aplicarse la Doctrina Parot.





