TRIBUNALES
La ley española de desahucios vulnera la normativa europea
Por Irene Flores Ruiz
2 min
España14-03-2013
La norma hipotecaria que ha permitido miles de desahucios en España es contraria a la directiva europea de protección al consumidor frente a cláusulas abusivas, según ha dictaminado la abogada general del Tribunal de Justicia Europeo, Julianne Kokott. Sus conclusiones afirman que al no existir en el derecho europeo una armonización de las medidas de ejecución forzosa españolas, son los Estados miembros los que tienen que establecer las modalidades procesales pero sin vulnerar lo contemplado en la Directiva europea (Directiva 93/13).
La sentencia del Tribunal europeo responde a una cuestión remitida por el juez José María Fernández Seijo que quería saber si la entidad financiera CatalunyaCaixa había vulnerado los derechos de Mohamed Aziz al expulsarle de su vivienda el 20 de enero de 2011 por impago de la hipoteca, y exigirle el pago de toda la deuda además de unos intereses de demora del 18 por ciento. Mohamed Aziz alegó que las cláusulas del contrato eran abusivas y afirmó que no pudo referenciar este hecho en el procedimiento de ejecución hipotecaria por lo que pidió que se declarara nulo. "La normativa española enumera los motivos, muy limitados, por los que un deudor puede oponerse al procedimiento de ejecución hipotecaria" ha afirmado el Tribunal de Luxemburgo y ha expuesto que "entre esos motivos, no figura la existencia de una cláusula abusiva en el contrato de un préstamo hipotecario”. En efecto, el proceso de ejecución español plantea problemas puesto que si el hipotecado deja de pagar alguna cuota mensual al banco, la entidad puede proceder a su desahucio mediante un procedimiento acelerado. Por otro lado, si el deudor considera que el contrato firmado contiene cláusulas abusivas, se puede acoger a un procedimiento pero cuya resolución es tardía. Además, es posible que el juez falle a favor del deudor pero el proceso ya está en marcha y la hipoteca se ha ejecutado también. Además, "la directiva sobre las cláusulas abusivas se opone a una normativa nacional, como la normativa española en cuestión, que no permite al juez que conozca del proceso declarativo adoptar medidas cautelares, en particular la suspensión del procedimiento de ejecución, cuando sean necesarias para garantizar la plena eficacia de su decisión final", declara la sentencia. Esta sentencia no sólo afecta a los juzgados europeos sino también a los españoles. Aunque el fallo del Tribunal no obliga de manera forzosa a cambiar la ley española, el Gobierno deberá acatar el dictamen puesto que, en caso de no hacerlo, la Comisión Europea podría abrir al gobierno un expediente sancionador. El ejecutivo de Mariano Rajoy ya preveía esta resolución pues ha decidido esperar unos días para conocer este dictamen y aprobar el proyecto de ley sobre desahucios que está en tramitación en el Congreso. En esta línea, el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, se ha comprometido a corregir de inmediato aquellos aspectos de la legislación hipotecaria española que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea considera que menoscaban la protección de los ciudadanos frente a las cláusulas abusivas de los bancos.





