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EDUCACIÓN

El Tribunal Supremo considera la EpC como una asignatura más

Fotografía
Por Paula LópezTiempo de lectura1 min
Sociedad17-02-2009

No cabrá la objeción de conciencia, la materia es compatible con los derechos de los padres sobre la educación de sus hijos, los contenidos se ajustan al ordenamiento jurídico y los alumnos tienen "la obligación y el derecho" de cursarla. Estas son las conclusiones a las que ha llegado el Tribunal Supremo acerca de la asignatura Educación para la ciudadanía. Los fallos resuelven cuatro recursos de casación, tres sobre sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y una del de Andalucía.

La ministra de Educación, Mercedes Cabrera, mostró la misma satisfacción al haberse considerado esta "polémica" asignatura igual que al resto, es decir, tendrá las mismas consecuencias que otra si no se asiste a sus clases, si el alumno no se presenta al examen, etc. Parece que ha la decisión del Supremo ha sido positiva para todas las partes, tanto para el Gobierno, como para los opositores de la asignatura, que se mostraron de acuerdo a la sentencia. Estos se muestran satisfechos porque se "ratifica el derecho de los padres a que no se adoctrine a sus hijos", pero consideran que debería de hacerse una profunda revisión a los contenidos, aunque por otro lado, no están de acuerdo en la restricción de la objeción, por lo que están dispuestos a recurrir al Tribunal Constitucional para que se reconozca este derecho. Manuel Campos, juez y votante en la sentencia, considera poco realista el resultado. El Tribunal Supremo exige "neutralidad ideológica" y objetividad a la hora de impartir la asignatura, pero el juez no cree que esto sea posible, ya que en la asignatura se tratan temas muy ambiguos, conflictivos y en los que no puede existir una objetividad real, por lo que considera que el Tribunal Supremo ha aprobado una asignatura "hipotética", la que debería ser y no la que realmente es.