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MEMORIA HISTÓRICA

Garzón se declara competente para investigar los crímenes de la guerra

Fotografía
Por Irene E. SánchezTiempo de lectura3 min
España18-10-2008

Sólo diez años han bastado a Garzón para cambiar de opinión. Si bien en 1998 rechazaba “de plano” los argumentos esgrimidos para sentar a Santiago Carrillo ante la Justicia por su presunta implicación en los asesinatos de Paracuellos del Jarama durante la Guerra Civil, hoy acepta investigar 114.000 desapariciones de la esa contienda y el franquismo posterior así como la exhumación de 19 fosas comunes.

Todo comenzó a partir de las denuncias presentadas su Juzgado Central de Instrucción Número 5 de la Audiencia Nacional en julio de 2007 por 22 asociaciones de memoria histórica y 10 particulares y que solicitaban el inicio de esta investigación. Finalmente y tras varias providencias en las que el juez solicitaba diversa información a varias instituciones para elaborar un censo de desaparecidos, el juez Baltasar Garzón emitió su auto en el que se declara competente y en el que va dando respuesta a todos los obstáculos que le separaban, en principio, de poder llevar la instrucción de ese asunto. El juez de la Audiencia Nacional considera estas desapariciones como delitos de “detención ilegal permanente sin dar razón de paradero, en el contexto de crímenes contra la humanidad”. La Ley de Amnistía de 1977 lo afirma con rotundidad: “Quedan amnistiados todos los actos tipificados como delitos con fecha anterior de 1976”. No sólo esta ley defiende la extinción de responsabilidades frente a los hechos llevados a cabo en esta época. También el decreto ley 10/1969 pone de manifiesto que los delitos cometidos previos al 1 de abril de 1939 quedaban igualmente prescritos. Pero Garzón obvió lo anterior, con lo que se encontró con un nuevo obstáculo: el recurso de la Fiscalía ante su declaración, ya que no se mostró contenta con la decisión del magistrado de proceder inmediatamente al desenterramiento de fosas. Este recurso pasa normalmente a la Sala de lo Penal, pero he aquí la “pirueta jurídica”, que así la han denominado fuentes de la Audiencia Nacional, del juez, que convirtió las diligencias previas de su auto en sumario ordinario tan sólo un día después de su anuncio para evitar que se le añadieran trabas. Esto significa que el recurso interpuesto por la Fiscalía no hará caso del artículo 776 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal –que advierte que el recurso ante unas diligencias previas puede ser directamente de apelación ante la Sala- y pasará primero por el filtro de Garzón, una argucia empleada con el fin de ganar tiempo para comenzar cuanto antes con las exhumaciones de 19 fosas, entre las que se hallan los restos del escritor Federico García Lorca. El juez apela asimismo que fueron “crímenes contra la humanidad”, algo que la Fiscalía echa por tierra al asegurar que es competencia de cada juzgado territorial el investigar este tipo de hechos y que, además, este concepto utilizado como argumento para declararse competente nació con los juicios de Nuremberg en 1945 y no conlleva efectos retroactivos. Crímenes contra la República Otra de las razones a las que se acoge es que a que los crímenes se perpetraron de manera planeada contra los altos organismos de la República –gobierno vigente antes de la Guerra Civil-. Además, defendió que como los cuerpos no han aparecido todavía, entonces los delitos de detención ilegal con desaparición no habrían prescrito, como advierte el decreto del 69. Considera también que todo tuvo inicio en el alzamiento nacional, ligado estrechamente con las desapariciones forzosas y al delito contra los altos organismos del país. Para lograr sus propósitos Garzón ordena la formación de un grupo de siete expertos, que analizarán el número de muertos y que harán un informe en el que aparecerá su identificación y el lugar en que se hallan. Además con todos estos argumentos, el juez pide los certificados de defunción de Franco, 34 altos mandos suyos y los líderes de la Falange entre 1936 y 1951, para comprobar si la responsabilidad penal podría ejercitarse o no contra ellos. La actual posición de Garzón es muy distinta a cuando ante un caso relativamente similar ocurrido en 1998, la reacción del juez fue totalmente negativa. La Asociación de Familiares y Amigos de Víctimas del Genocidio de Paracuellos del Jarama solicitó precisamente al juez Garzón que el ex dirigente comunista Santiago Carrillo pagara por los hechos cometidos dada su presunta participación. A ellos les acusó de “mala fe procesal”. Argumentó en aquella ocasión que “los preceptos jurídicos alegados eran inaplicables en el tiempo y en el espacio, en el fondo y en la forma” y concluyó que “queda en tela de juicio la deontología profesional de quien tan a la ligera se toma las normas básicas de nuestro ordenamiento jurídico”.