Esta web contiene cookies. Al navegar acepta su uso conforme a la legislación vigente Más Información
Sorry, your browser does not support inline SVG

OPERACIÓN NOVA

El Supremo anula la condena preventiva de islamistas

Fotografía
Por Irene E. SánchezTiempo de lectura2 min
España07-10-2008

Nuevo varapalo del Tribunal Supremo a la Audiencia Nacional y más concretamente a la Fiscalía. El alto tribunal considera que el adoctrinamiento en ideas islamistas radicales no constituye delito tal y como ya reflejó en la sentencia del 11-M. Por ello ahora ha vuelto a rebajar considerablemente una sentencia de la Audiencia Nacional. Se trata de la resolución sobre la operación Nova en la que han sido absueltos 14 de los 20 condenados.

La sentencia del pasado 27 de febrero de la Audiencia Nacional, apoyada por la Fiscalía, advirtió del peligro de la formación de grupos adoctrinados en la ideología yihadista, exaltada antes del 11 de septiembre por Osama bin Laden, cabeza del Frente Islámico. Durante la denominada operación Nova, iniciada para acabar con el terrorismo islamista por el juez Baltasar Garzón el 18 de octubre de 2004, la Policía Nacional detuvo a un grupo de 30 radicales. Entre ellos se encontraban miembros de una célula que pretendía atentar contra la Audiencia Nacional en Madrid y otros como el marroquí Faissal Allouch, relacionados directamente con los autores de los atentados del 11 de marzo. El Tribunal Supremo sí ha mantenido, no obstante, la condena de seis de los procesados por la Audiencia, entre los que se encuentra Abderrahmane Tahiri –conocido como Mohamed Achraf-, supuesto líder de la banda. Los miembros de esta célula procedían de Marruecos, Argelia y Mauritania en su mayoría. La Audiencia Nacional dejó claro en su sentencia del 27 de febrero que “el entramado de interrelación formado por individuos organizados, férreamente adoctrinados por su líder, amparándose hacia el exterior en sus creencias religiosas, es un auténtico caldo de cultivo de actos violentos constituyendo grave peligro para la sociedad occidental en general y para la española en particular”. Pero el Supremo, en su fallo, sólo relaciona este párrafo con miembros como el líder, Achraf, al cual adjudica 14 años en la cárcel por promover y dirigir un grupo terrorista, así como a Said Said Afif, que pasará 10 años entre rejas por integración, Kamara Birahima Diadie, condenado a siete años, y Ziani Mahdi, que cumplirá cinco años en prisión. En cuanto a Redha Cherif, en principio condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia a siete años, el Supremo le absuelve del delito de pertenencia a organización terrorista. No obstante, el alto tribunal le envía a la cárcel durante dos años por la falsificación de documento oficial con finalidad terrorista. Estos seis, junto a los otros 14 ya absueltos, se hallaban en prisión preventiva por orden de la Audiencia Nacional desde que fueran detenidos en 2004. Pero su situación ha cambiado después de que el Tribunal Supremo haya decidido que el adoctrinamiento en ideas radicales y relacionadas con una de las que puede ser la organización terrorista más peligrosa internacionalmente no constituye infracción de la ley alguna. Si en febrero ya quedaron en libertad diez de los condenados, ahora han corrido la misma suerte otros 14. Ya en su momento, la Audiencia Nacional redujo de 455 a 173 años el total de penas solicitadas por la Fiscalía por delitos de integración y colaboración con el terrorismo