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LA JUSTICIA CONTRA ETA

Disuelven el colectivo de ayuda a los presos por ser parte de la banda

Por Alejandro RequeijoTiempo de lectura2 min
España17-09-2008

Gestoras Pro Amnistía y su sucesora Askatasuna estaban integradas dentro de la red social de la banda terrorista ETA. Oficialmente tan sólo prestaban ayuda a los presos de la banda y sus familias. Sin embargo, este colectivo además servía de vehículo entre los terroristas y sus presos a la hora de trasmitir órdenes o instrucciones útiles para la continuidad de la actividad delictiva. Por eso la Audiencia Nacional ha decidido ilegalizar este movimiento y condenar a 21 de sus integrantes.

El tribunal de la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, presidido por la juez Teresa Palacios, celebró una lectura pública de la sentencia en la que estimó que la actividad de Gestoras Pro Amnistía consistía entre otras cosas en señalar objetivos a la banda, hacer llegar instrucciones a los presos, informar a los terroristas de la marcha de procesos judiciales, convocar homenajes o jornadas de lucha y contribuir a la salida de las Fuerzas del Seguridad del País Vasco. En concreto, la sentencia detalla que, a la hora de trasmitir objetivos de la banda, los responsables del movimiento pro amnistía prestaban a la banda información sobre “miembros de partidos políticos, directores de prisiones, funcionarios de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como miembros del Poder Judicial”. La resolución -dada a conocer mediante una lectura pública en las instalaciones de la Audiencia Nacional en la Casa de Campo de Madrid- también considera probado como los responsables de Gestoras Pro Amnistía hacían llegar a los presos las instrucciones de ETA “a las que han de someterse”. “De no cumplirse y en caso de manifestarse contrarios a la lucha armada, se procede a la expulsión de la militancia”, explica la Sala. Tal es el grado de importancia dentro de la banda el que le otorgó el tribunal, que la sentencia llega a afirmar que, sin la labor de este tipo de movimientos, la presencia y el carácter de la banda terrorista “estaría debilitado sino desaparecido”. Por todo esto la Audiencia Nacional decidió condenar a penas comprendidas entre los ocho y diez años por un delito de integración en banda terrorista a 21 de los 27 acusados que se sentaron en el banquillo durante este proceso. Para 13 de ellos ordenó además el ingreso inmediato en prisión. Entre ellos se encuentran los responsables del colectivo, Juan Marí Olano, Julen Zelarain Errazti, Aitor Ángel Jugo Álvarez, a los que se les impuso la pena más alta. Además la Audiencia Nacional dictó la orden de busca y captura para Iñaki Reta, quien se fugó y no compareció a la lectura de la sentencia en la que fue condenado.