TRIBUNALES
El TS archiva el supuesto asesoramiento ilegal de Casas a una abogada
Por Irene E. Sánchez3 min
España05-06-2008
“Si acude al Tribunal Constitucional me vuelve a llamar”. Esa y otras indicaciones se las ofreció la presidenta del propio TC, Maria Emilia Casas, a una abogada amiga suya que estaba siendo investigada por la sospechosa muerte de su marido. De este modo, Casas podría haber incurrido en un delito de asesoramiento, prohibido para una persona de su cargo. No obstante, el Tribunal Supremo, órgano competente para entender de este asunto, ha terminado archivando la causa.
El Alto Tribunal entiende que no suponen delito alguno, ya que Casas no implicó su “imparcialidad” al aconsejar de esta manera. El artículo 441 del Código Penal dispone que “la autoridad o funcionario público que, fuera de los casos admitidos en las Leyes o Reglamentos, realizare, por sí o por persona interpuesta, una actividad profesional o de asesoramiento permanente o accidental, bajo la dependencia o al servicio de entidades privadas o de particulares, en asunto en que deba intervenir o haya intervenido por razón de su cargo, o en los que se tramiten, informen o resuelvan en la oficina o centro directivo en que estuviere destinado o del que dependa, incurrirá en las penas de multa de seis a doce meses, y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años”. Conforme a lo dispuesto en este Código, la juez de Valdemoro consideró que la presidenta del TC, María Emilia Casas, podría haber incurrido en un delito tras haber mantenido una conversación telefónica con una abogada sobre cómo esta última debía llevar judicialmente los pleitos que mantenía con su ex marido por la custodia de la hija de ambos. El inicio de esta conversación, fechada el 17 de abril de 2007, vino dado gracias a una mediadora vecina y amiga tanto de Casas como de la abogada Dolores Martín. Esta mediadora comentó a la presidenta los problemas de abusos y malos tratos de su amiga Dolores, y, además, le envió toda la documentación relacionada con estos pleitos familiares. María Emilia Casas, que había ya leído estos papeles, decidió llamar a Dolores Martín, sin saber previamente, según advirtió, que fuera abogada. La conversación versó prácticamente sobre estos asuntos, a lo que Martín la indicó expresamente que la investigaban por la muerte de su marido. Casas, que temió verse de algún modo comprometida, aconsejó a Martín que llamara a dos abogadas especializadas en malos tratos, por lo que le ofreció sus números de teléfono. Por último, le recordó que la avisara si el asunto llegaba algún día al Tribunal Constitucional, en el caso de que recurriese en amparo. La Guardia Civil grabó esta conversación, que escuchó la juez de Instrucción número 5 de Valdemoro (Madrid), la que precisamente lideraba la investigación a Dolores Martín por el supuesto asesinato de su ex marido y que fue llevada a prisión hace un año como inductora del crimen. La juez reflexionó que Casas realizó “aparentemente asesoramiento a Doña María Dolores Martín Pozo sobre la forma de interponer recurso de amparo ante el mencionado tribunal, del que aquella sería parte, de la doctrina del mismo sobre un determinado punto así como de como aconsejarla de la mejor manera”, por lo que determinó que podrían existir indicios de delito por vulnerar el artículo 441 del Código Penal. A la luz de tales consideraciones, la instructora envió la grabación al Alto Tribunal, que decidió el pasado 5 de mayo, a diferencia de lo que ésta advertía, que no existe delito en la actitud de Casas, dado que no comprometió en ningún momento su “imparcialidad” al dar consejo a Martín. Por este motivo, el TS archivó tras su decisión las diligencias relacionadas con esta conversación telefónica que involucra a la quinta personalidad más representativa del Estado Español tras el Rey, el presidente del Gobierno y sus homólogos de las cámaras legislativas.