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JUSTICIA

El Tribunal Constitucional legitima la ley sobre violencia de género

Por Esteban del PozoTiempo de lectura1 min
Sociedad14-05-2008

Siete votos a favor de la ley y cinco en contra. Este ha sido el resultado de la votación sobre el recurso que se presentó sobre la ley de violencia de género. La apelación fue planteada por la titular del Juzgado de lo Penal número 4 de Murcia, y se suma a las más de cien de toda España.

El motivo de la polémica y de las protestas contra esta ley es la diferencia de la pena si la agresión la comete un hombre o una mujer. El castigo a los varones por golpear o maltratar a su pareja, perjudicarla psíquicamente, o producirle una lesión no definida como delito, oscilará entre seis meses y un año de cárcel. Esto supone una alteración del artículo 14 de la Constitución. Según el escrito “las personas son iguales ante la ley independientemente de raza, sexo o religión”. Para sacar adelante esta ley se han tenido que modificar varios artículos del Código Penal. El primero, y sobre el que se ha dictado la sentencia, es el 153.1 que permite elevar las penas en los casos en los que el varón sea el agresor y la mujer la víctima. Además, también se han recurrido los puntos referentes a los artículos 171.4 (amenazas), el 172.2 (coacciones) y el 148.4 (que distingue la relación afectiva entre agresor y víctima a la hora de imponer la pena). Los magistrados que votaron a favor de la cuestión de inconstitucionalidad pertenecen todos al denominado bloque conservador del Constitucional que han anunciado la redacción de un voto particular. La presidenta del Observatorio contra la Violencia de Género del Consejo General del Poder Judicial, Montserrat Comas, califica de "hecho histórico" la decisión, pues supone que el alto tribunal avala los preceptos penales modificados por dicha ley, aprobada por unanimidad por el Parlamento.