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TELEVISIÓN

El Supremo dictamina que la contraprogramación es ilegal

Por Elena VillegasTiempo de lectura1 min
Comunicación05-11-2001

El Tribunal Supremo dictamina que la contraprogramación es ilegal por ser contraria al Reglamento y declara que la programación deben anunciarla las cadenas de televisión 11 días antes de que sea emitida.

El Tribunal Supremo se opone a la contraprogramación, que consiste en la emisión televisiva, sin causa justificada, de un programa diferente al anunciado. Antena 3, Tele 5 y UTECA (Unión de Televisiones Comerciales en Abierto) presentaron un recurso al Supremo y éste lo ha denegado por considerar ilegal la contraprogramación debido a que incumple el Reglamento por vulnerar el derecho del consumidor de ser informado acerca de la programación. La Ley también obliga a anunciar la programación 11 días antes de la emisión, aunque se establece como legítimo el hecho de que sea variada en función de causas ajenas a la cadena de televisión. Las televisiones comparecientes en el proceso se quejan de el plazo es demasiado extenso y argumentan que el Reglamento únicamente especifica que debe ser anunciada con la anterioridad precisada. Las televisiones esgrimen la altísima competencia para saltarse el reglamento incluso la misma semana en la que ha conocido esta decisión del Supremo: Tele 5 va a suprimir Nada personal de su parrilla de la tarde. Las audiencias de octubre han puesto de relieve el éxito de Operación Triunfo, de TVE-1, que el pasado lunes obtuvo una cuota de pantalla del 33,3 por ciento, que arrambló a la, hasta ahora, serie líder de los lunes, Periodistas, de Tele 5, con un 25,1 por ciento de cuota de pantalla, que también fue superada, en esta ocasión, por Telediario 2, de TVE-1, con un 30 por ciento.