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LIBERTAD DE EXPRESIÓN

Una ley de la época Franco condena a dos periodistas españoles

Por Silvia Álvarez-BuyllaTiempo de lectura1 min
Comunicación30-05-2005

La IPI pide que se revoque la Ley de Prensa e Imprenta. Ésta ha determinado la condena de dos periodistas por una noticia publicada en 1995 en el Diario 16. Según la sentencia, el titular de la misma dañaba el honor del entonces Rey de Marruecos, Hassan II.

La Asamblea General del Instituto de Prensa Internacional (IPI) ha pedido al Gobierno español que revoque la ley de 1966, en la que se basó la condena de dos periodistas de Diario 16 por injurias al difunto Rey de Marruecos, Hassan II. Según la IPI, la condena se ha basado en “una ley de prensa de la época de Franco”. La ley de Prensa e Imprenta de 1966 “hace al director responsable de todo lo publicado en su periódico”. El IPI consideró las disposiciones legales “obsoletas” e “inaceptables en una democracia moderna” que han propiciado la condena de José Luis Gutiérrez, ex director de Diario 16, y Rosa María López, redactora del desaparecido periódico. El titular escogido fue: “Una empresa familiar de Hassan II vinculada con el narcotráfico”. Se trataba de expresar que se habían capturado cinco toneladas de hachís en un camión de la familia real marroquí. La sentencia consideró que la noticia publicada por el periódico en 1995 era verídica, pero su titular vulneraba el derecho al honor del fallecido monarca. Reporteros Sin Fronteras (RSF) critica que el Tribunal Supremo confirme la condena a Diario 16. “Esta decisión va en contra de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que considera que los jefes de Estado extranjeros no deben disfrutar de una protección excesiva en un sistema democrático”, indicó RSF. África es un lugar donde la libertad de prensa es casi inconcebible. Sin embargo, un jefe de Estado de este continente inició demandas ante los tribunales españoles con el objetivo de limitar la libertad de la prensa en España. La ley de 1966 ha condenado a José Luis Gutiérrez y Rosa María López a pagar daños y perjuicios por diez palabras de una noticia extranjera publicada en España.