Esta web contiene cookies. Al navegar acepta su uso conforme a la legislación vigente Más Información
Sorry, your browser does not support inline SVG

MALOS TRATOS

El Gobierno aprueba la ley de violencia de género

Fotografía

Por Alejandra Linares-RivasTiempo de lectura2 min
Sociedad25-06-2004

El Gobierno accedió a introducir algunas reformas en la que será la nueva ley contra los malos tratos. La aprobación del informe sobre el anteproyecto de ley por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) daba luz verde al Ejecutivo para comenzar a elaborarla. Pero una nota publicada por el propio CGPJ y otro informe elaborado por el Consejo de Estado sugerían numerosos cambios en el texto.

Con las propuestas recibidas de ambos organismos, la vicepresidenta primera del Gobierno, Maria Teresa Fernández de la Vega, y el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, anunciaron cómo quedará esta ley. En primer lugar, el nombre de la misma ha pasado de ser "Ley Orgánica Integral de Medidas contra la Violencia Ejercida sobre las Mujeres" a "Ley Integral contra la Violencia de Género". Una designación ya consolidada en instituciones internacionales. En segundo término, se accedió a revisar el artículo 1.2 que define la violencia doméstica que afecta a las mujeres como "instrumento para mantener la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres". El Consejo de Estado y la minoría progresista del CGPJ habían observado que el enfoque era "inadecuado", puesto que conllevaría indagar las motivaciones de los agresores en cada caso de maltrato. Esto retrasaría el proceso judicial y dificultaría la aplicación de la ley, ante la necesidad de demostrar que la intencionalidad del maltratador es acorde a las mencionadas por el artículo. Los menores también serán amparados por la nueva ley. Se considera que los actos violentos contra la mujer repercuten en los niños como víctimas "indirectas o mediatas". Sólo en el ámbito de que el agresor ha tenido en algún momento relación afectiva con la mujer (independientemente de haber convivido) se aplicará la normativa tanto para la mujer como para el menor. Los niños tendrán derecho a prestaciones de los servicios sociales cuando se encuentren bajo la patria potestad o custodia de una persona atacada. DISCRIMINACIÓN POSITIVA En cuanto a la polémica respecto a la discriminación positiva, el titular de Asuntos Exteriores negó insistentemente la inconstitucionalidad de la futura ley. Según ésta recoge, las amenazas o coacciones leves pasarán a ser delito si son cometidas por un hombre, y continuarán como faltas si provienen de una mujer. Por ello, el Consejo de Estado y la mayoría conservadora del CGPJ habían tachado las medidas de sexistas. Concretamente, el primero hacía hincapié en que resulta innecesaria dicha diferenciación ya que las propias estadísticas llevan a una mayoría de condenas a varones, puesto que principalmente son ellos quienes cometen las agresiones. Pero el motivo fundamental de la protesta es la discriminación expresa del hombre dentro de una ley que trata hechos de los que éste también puede ser víctima. Por tanto, y a pesar de que el Ejecutivo va a sacar adelante la ley a toda costa, el debate continúa abierto. La urgencia con que se está tratando el asunto pone en peligro el enriquecimiento de una normativa de gran relevancia social. En julio, esta ley se presentará al Parlamento "para tramitarla sin dilaciones y con el mayor consenso", según el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera. De esta forma se prevé su aprobación en seis meses.

Fotografía de Alejandra Linares-Rivas