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PUNTOS DE DEBATE

Derechos en tinta mojada

Fotografía

Por Elías SaidTiempo de lectura3 min
Opinión20-07-2008

Siempre ha causado debate la cuestión del derecho en todas las sociedades, qué abarcan y a quiénes atiende. El resultado de estos debates se ha traducido en la evolución de los marcos de común acuerdo en relación con esta temática y de aquellos aspectos implícitos en este concepto. De todos los acuerdos y defensas que se hagan al respecto, los casos mostrados esta semana, donde un joven canadiense de 16 años se encuentra preso en la base norteamericana en Guantánamo, así como el uso del emblema de la Comisión Internacional de la Cruz Roja (CICR), durante la operación que liberó a Ingrid Betancourt y 14 rehenes más a manos de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), nos hace preguntar: ¿Cuánto de lo suscrito sobre derechos humanos se aplica? ¿Los derechos llegan hasta que se enfrentan a los intereses? ¿La lucha de una causa justa amerita no cumplir los derechos establecidos internacionalmente? Desde la conformación de la Sociedad de Naciones (1919), y posteriormente las Naciones Unidas (1944) y el resto de organismos internacionales avocados a garantizar los derechos humanos, han venido trabajando en establecer reglas que garanticen el debido proceso jurídico y la asistencia en contextos conflictivos o pacíficos. Que la liberación de rehenes y la lucha contra los grupos terroristas sean válidas, no es cuestión de duda. Con la salvedad de que el primero resulta menos ambiguo cuando intentamos conceptualizarlo. Pero, la única manera de distinción entre la violencia y la lógica, construida desde el respeto a los derechos, es que unos (violentos) hacen cumplir su punto con balas, mientras que los segundos, desde la aplicación de las leyes sin distinción de a quién se les aplica. Que a un menor se recluya por ser declarado terrorista, sin garantizarle un marco jurídico justo, que se recluya a un inmigrante por su condición de sin papel o que se usen emblemas de organismos que velan por las vidas de heridos de cualquiera de los bandos involucrados en un conflicto armado, entre otros ejemplos, son por demás reprochables, sin que por ello se me califique de agitador. Cuando doy esta valoración, lo hago porque creo firmemente que el sentido que debe garantizar el cumplimiento de los derechos humanos, en guerra o no, debe prevalecer sobre la causa. Los acontecimientos acaecidos en Colombia, Europa y en Guantánamo, por más errores que se les achaque o razones para su ejecución, no pueden defenderse y mucho menos pueden ser calificados de agitadores quienes pensemos ello. No defiendo a terroristas, ni lo haré. Solo espero que quien dice velar por mis derechos, los crea y cumpla sin distinción. Si un conflicto armado o causa justa amerita llevar acciones opuestas a las de estos derechos, pues entonces la política del ojo por ojo ejerce el dominio de nuestras sociedades y hace apremiante abrir el debate al respecto, invocando el carácter utilitario de los derechos y la necesidad de reconfigurar el marco jurídico e institucional que están llamados para su cumplimiento, sin importar dónde nos ubiquemos. Parece que los estragos de la primera y segunda guerra quedan muy lejos, como para comprender que el respeto a tratados y derechos no es cuestión de ser blandos contra quienes no los respetan, sino la diferencia con estos y de la legitimidad que tenemos en el marco de cualquier lucha.

Fotografía de Elías Said