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LEY ANTITABACO

Madrid dejará fumar en bares de empresas y celebraciones

Por María Reyes RomeroTiempo de lectura2 min
Sociedad05-11-2006

La Comunidad de Madrid ha modificado algunas de las normas establecidas por la Ley estatal antitabaco. Poder fumar en los bares de empresas, celebraciones y reservados, junto con un nuevo criterio de medida para locales y la permisión de no tener que tabicar las zonas habilitadas para fumadores son los cambios más destacados.

En estos cambios, se recoge la posibilidad de fumar en los bares y cafeterías de empresas, siempre y cuando éste tenga más de 100 metros cuadrados y disponga de una zona para fumadores. Con una sóla excepción: los centros sanitarios y educativos, donde estará completamente prohibido. En la ley estatal, sólo se permite fumar en los centros de trabajo en espacios al aire libre. Algo parecido sucede con las celebraciones y reservados en restaurantes. Mientras que la ley aprobada hace diez meses recoge que sólo podrá fumarse cuando la sala donde se produzca la celebración tenga más de 100 metros cuadrados, el nuevo decreto de la comunidad madrileña permite que sea el cliente el que decida si quiere que se fume o no, independientemente de si se trata de una sala para fumadores. La única condición es que se trate de "una zona aislada y de acceso restringido". También se modificarán las permisiones en las "dependencias y unidades no productivas ubicadas en inmuebles donde exista uno o más centros de trabajo". Cuando en estas se lleve a cabo actos institucionales, de representación o análogos, se permitirá fumar siempre y cuando el lugar tenga más de 100 metros cuadrados y se habilite una zona para fumadores. Por último, el reglamento madrileño actúa sobre el resto del sector hostelero, ya que usará una medida propia para la medición de los locales. En lugar del habitual sistema de superficie señalada en la licencia municipal de apertura, la Comunidad de Madrid solo tendrá en cuenta aquel espacio "dedicado al consumo de los clientes, excluyendo cualquier zona habilitada para cualquier otro fin". Tampoco exigirá compartimentar con ladrillo o cristal las zonas habilitadas para fumadores, bastará con instalar los sistemas de estracción adecuados para evitar que el humo y los olores no salga de dicha zona afectando al resto del establecimiento. El consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Manuel Lamela, asegura que el decreto respeta "escrupulosamente" la normativa estatal. Sin embargo la ministra de Sanidad y Consumo, Elena Salgado, ha anunciado la presentación de un recurso frente a esta reforma. También las asociaciones han reaccionado ante el cambio. El Comité Nacional de prevención del Tabaquismo considera que el decreto establecido por el gobierno madrileño, irá "en perjuicio de la salud de los madrileños" y pide al Ministerio de Sanidad que solicite a los tribunales una suspensión cautelar del mismo. Sin embargo, la Federación Española de Hosteleria y la Asociación Empresarial hostelera de la comunidad de Madrid considera el decreto una forma de "esclarecer la ambigüedad" que consideran se estableció en el sector hace diez meses, cuando la Ley de Tabaco fue aprobada. Todos los cambios establecidos por el nuevo reglamento madrileño entrarán en vigor inmininentemente, en cuanto salga publicado en el Bolétín Oficial, y los establecimientos contarán con un moratoria de seis meses para adecuarse a las nuevas normas.

Fotografía de María Reyes Romero