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SANIDAD

La Ley de Reproducción Asistida permitirá la selección de embriones

Fotografía

Por Elena R. BlázquezTiempo de lectura2 min
Sociedad16-02-2006

El Proyecto de ley de Reproducción Humana Asistida permitirá aplicar en España técnicas experimentales de reproducción asistida. Entre otras cosas, la Ley establece que los embriones sobrantes podrán congelarse para un uso futuro y se podrán eliminar aquellos que no sean compatibles genéticamente para curar a un hermano.

Con el objetivo de resolver los problemas de fertilidad de algunas parejas o de facilitar que una mujer sola tenga hijos biológicos y de estudiar más el tratamiento de enfermedades incurables, el Congreso de los Diputados ha aprobado el proyecto de Ley de Reproducción Asistida. Esta nueva normativa reforma la anterior, redactada en el año 2003 por el Gobierno popular. La nueva norma elimina el límite de tres ovocitos fecundables en cada ciclo; ahora el criterio médico decidirá cuál es el número de ovocitos necesario para aumentar la posibilidad de éxito de embarazo. Otra diferencia con la ley anterior se refiere a los embriones sobrantes tras la aplicación del tratamiento. Podrán congelarse para un uso futuro por la pareja progenitora, para donarlos a otras parejas, o para su uso en investigación. Una de las novedades más importantes es la introducción del diagnóstico preimplantacional (la técnica por la que se comprueba si un embrión está sano o no), tanto como medida preventiva para evitar enfermedades hereditarias graves, como con fines terapéuticos para terceras personas. En este caso, el diagnóstico permite que los niños nacidos mediante reproducción asistida posean tejidos compatibles con otras personas enfermas, y puedan transplantárselos sin daño para el donante. De este modo, aquellos embriones que genéticamente no sean considerados adecuados no tendrán posibilidad de llegar a nacer. Estos casos requerirán un análisis previo de la Comisión Nacional de Reproducción Asistida. Otra novedad es el Registro de actividad que crea la nueva ley, con el propósito de aumentar la información disponible sobre la calidad de la atención en cada centro. Éste registro complementa al que ya existe sobre los donantes de gametos y preembriones con los datos referentes a la autorización de cada centro para aplicar unas técnicas u otras, las tasas de éxitos de cada técnica e información complementaria. Continúan siendo ilegales las prácticas de clonación con fines reproductivos y las madres de alquiler, así como la posibilidad de seleccionar el sexo del embrión. Para asegurar el anonimato de la identidad de los donantes, y evitar las malas prácticas en los centros de reproducción asistida, se imponen sanciones de entre mil euros y un millón. En cuanto a la clonación con fines terapéuticos, será regulada en la futura Ley de Investigación en Biomedicina.

Fotografía de Elena R. Blázquez