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NUEVO REGLAMENTO

Las OPA se dan un baño de transparencia

Por José Martín de BernardoTiempo de lectura2 min
Economía12-01-2003

Un importante cambio ha acontecido en el mundo financiero de España. El Gobierno ha introducido una nueva ley que regula las OPA. Esto supone una revolución en la manera en la que las empresas pueden adquirir a otras.

Las ofertas públicas de adquisición (OPA) son el modo que las sociedades tienen de adquirir a otras. Esto es, presentar una oferta de compra de acciones por un mayor valor para seducir a los accionistas dispuestos a vender sus acciones. De este modo, se llega a conseguir mayor o menor representación en el Consejo de Administración, lo cual otorga el control y poder de una sociedad. Dependiendo de la cantidad de acciones que sean necesarias para controlar el consejo, las OPA lanzadas serán de mayor o menor porcentaje de capital de la sociedad adquirida. Hasta ahora esta era la situación, la cual no permitía en muchas ocasiones beneficiarse a los pequeños accionistas. Un ejemplo cercano en el tiempo lo tenemos con la reciente adquisición del 23 por ciento de Dragados por ACS, que no tuvo que realizar una OPA, sino adquirirle al Banco Santander su participación con la que se hizo con el control de Dragados. Para que no se reproduzca este tipo de situaciones, el Real Decreto que prepara el Gobierno y que está en fase de borrador tiene en cuenta estos hechos. De manera que la modificación obligará a lanzar una OPA por al menos el diez por ciento del capital cuando la intención del comprador sea nombrar entre un tercio y la mitad de los consejeros. También será necesario presentar una OPA por el cien por cien del capital cuando el objetivo sea hacerse con al menos el cincuenta por ciento de la sociedad o más de la mitad de los sillones del consejo de administración. La anterior ley, aprobada en 1991, tenía otra serie de condiciones que permitía lanzar una oferta por tan sólo el diez por ciento cuando se pretendía adquirir más del veinticinco por ciento del capital. El resto se podía comprar a un accionista de referencia o en el mercado. Además, existía un límite máximo del setenta y cinco por ciento cuando la oferta implica el control de más de la mitad de las acciones de la sociedad. Otro aspecto que se retoca es el procedimiento que siguen estas operaciones. La ley anterior sólo permitía a la empresa que había recibido una OPA contra ofertar con una mejora mínima del cinco por ciento. Además, no impone un número de ofertas y contra ofertas concreto, sino que todo se llevará a cabo con el método de subasta al mejor postor en un plazo máximo de dos meses. Todas estas medidas según el ministro de Economía Rodrigo Rato persiguen “proteger a los pequeños accionistas y evitar filtraciones". De ahí, que otra medida es que los avales necesarios para presentar una OPA tienen un plazo de hasta cuarenta y ocho horas después ser presentada. Esto elimina el flujo de información privilegiada al no tener que ser presentadas con anterioridad a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).