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Unión Europea

El TUE anula la decisión sobre las ayudas españolas a los astilleros

Por Elena PedrocheTiempo de lectura2 min
Economía17-12-2015

El Tribunal de la Unión Europea ha anulado este jueves la decisión de Bruselas de declarar ilegal el sistema español de bonificaciones fiscales para los inversores en astilleros. Esta declaración obligaba a España a recuperar estos apoyos ya que consideraba que las medidas podían "falsear la competencia y afectaban a los intercambios comerciales" entre Estados miembros. El TUE considera que la decisión de la Comisión Europea no estaba "la suficientemente motivada"

El caso se remonta a 2013, cuando el  comisario de Competencia de entonces, Joaquín Almunia, pidió a las autoridades españolas recuperar las ayudas ilegales concedidas a los astilleros bajo este sistema entre 2007 y 2011, tras concluir que el régimen de ayudas vulnera las normas de la UE en materia de ayudas públicas porque se concedía una ventaja selectiva a sus beneficiarios con respecto a sus competidores. Para el TUE esta ventaja no es cierta, ya que cualquier empresa podía realizar las operaciones requeridas como condición para acogerse al régimen de ayudas.

Según el Ejecutivo comunitario, el sistema permitía financiar, mediante una estructura jurídica y financiera específica, la construcción de buques marítimos por los astilleros y su adquisición por las empresas navieras con un descuento sobre el precio del buque. Para ello, intervenían como intermediarios una sociedad de leasing y una agrupación de interés económico (AIE). Pero, el TUE ha considerado "errónea" la conclusión de que las AIE se beneficiaron de una ayuda estatal, "puesto que sólo los inversores se beneficiaron de las ventajas fiscales y económicas derivadas del sistema" de bonificaciones.

"Las ventajas económicas que los socios de las AIE obtuvieron podía obtenerlas en idénticas condiciones cualquier operador sujeto al impuesto en España, sin distinción, a pesar de la existencia de un sistema de autorización", recoge la sentencia del órgano judicial comunitario.

Al declarar el sistema ilegal, la Comisión estableció que las subvenciones deberían ser devueltas por los inversores que financiaron la construcción de los buques, pero no los armadores ni los propios astilleros. Bruselas propuso que se recuperaran los apoyos concedidos desde abril de 2007, frente a la posición del Gobierno, que abogaba por contar desde 2011, fecha en la que se consideró ilegal el régimen de bonificaciones.

La Unión Europea participó en este caso tras recibir varias denuncias del sector de la construcción naval en otros Estados miembros, que afirmaban que el "tax lease" permitía la compra de buques de fabricación española con descuentos de entre un 20% y un 30%, provocando la pérdida de contratos de construcción naval para los denunciantes.

El Gobierno español y las sociedades Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión recurrieron la decisión de Bruselas ante la justicia europea y solicitaron su anulación. Esta sentencia ha resuelto los dos primeros recursos de un total de 65 presentados por las sociedades afectadas y que aún están pendientes de resolución por el TUE.