Esta web contiene cookies. Al navegar acepta su uso conforme a la legislación vigente Más Información
Sorry, your browser does not support inline SVG

Crisis económica

El salario mínimo español no garantiza un nivel de vida digno

Por Gema PlazaTiempo de lectura2 min
Sociedad24-01-2015

El Comité Europeo que evalúa el cumplimiento de la Carta Social Europea y de su protocolo adicional, ha establecido que la situación actual de los salarios en España no está en concordancia con lo acordado en el artículo 4 de la Carta de 1961, pues “el salario de mínimo de los trabajadores no garantiza un nivel de vida digno”, tanto para los trabajadores del sector privado como del público.

En el análisis que el Comité ha realizado sobre España, aseguran que las jornadas laborales pueden exceder las 60 horas semanales, además no hay regulación de compensaciones para los trabajadores expuestos a residuos de riesgo. Por no hablar de que el Estatuto de los Trabajadores no tipifica ninguna compensación, ni días de libranza adicionales para aquellas personas que desempeñen horas extras en sus puestos de trabajo.

Las conclusiones del estudio reflejan que en España el preaviso para los contratos indefinidos o temporales no está bien regulado, además del despido cuando un contrato se acaba, o se han cumplido con los objetivos que representaba el mismo.

Por otro lado, el comité ha sostenido que España cumple al 100% con el requisito que exige la “no discriminación entre hombres y mujeres en cuanto a la remuneración”. Asimismo, el análisis explica que el Estatuto de los Trabajadores en España, comprende que el empresario está obligado a pagar el mismo sueldo por un trabajo de igual valor a un hombre que a una mujer. También invalida cualquier acuerdo que desemboque en una situación de desigualdad directa o indirecta en cuanto a la remuneración del trabajo por motivos de género.

Gracias a la Carta Social Europea, que fue aprobada en 1961, el Consejo Europeo deberá garantizar derechos como la vivienda, educación, sanidad, empleo digno, protección social, además de la no discriminación. Este tratado, se revisó en 1996, e incluyó nuevos derechos como el de la vivienda, que se ratificó en 1999. Aunque Actualmente España solo ha ratificado el tratado sin revisar.

De esta forma, España estaría vulnerando seis artículos correspondientes a los derechos laborales, que están recogidos en la Carta Social de la Unión Europea. También avisan sobre la "criminalización desproporcionada e injustificada" de la actividad de los piquetes durante protestas de tipo laboral. Esto podría violar también el artículo 6.4 sobre el derecho a huelga y a emprender acciones colectivas.