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AEROLÍNEAS

La UE avala que las aerolíneas cobren por facturar maletas

Por Gema PlazaTiempo de lectura1 min
Economía18-09-2014

Todo empezó en 2010 cuando una ciudadana gallega interpuso una denuncia a Vueling por cobrarle un suplemento por facturar su maleta. La disputa se ha mantenido entre la compañía aérea y el Instituto Galego de Consumo, que le impuso a Vueling una multa de 3.000 por las clausulas en las que aparecían los suplemente por facturado de equipaje que pretendían cobrarle a la joven por un viaje Coruña-Ámsterdam.

Según el Instituto Galego de Consumo, la compañía Vueling había incurrido en un delito al vulnerar la normativa española sobre protección de consumidores, en la cual se registra el derecho de los consumidores de facturar una maleta sin ningún recargo extra en el precio base del billete. Por otra parte, la compañía Vueling alegó al juzgado de lo contencioso-administrativo de Ourense, que la regulación de la Unión Europea dice que las compañías pueden tener libertad de precios, es decir, pueden poner un precio determinado a un billete pero luego incrementar dicha cantidad si el pasajero desease facturar sus maletas. Según el Gobierno español, se ha llevado a cabo una interpretación errónea de la legislación nacional, pues según su punto de vista, esta normativa no obliga a las compañías de vuelos a llevar el equipaje de los pasajeros de forma gratuita. Finalmente, en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea se ha dictaminado que las aerolíneas no están obligadas a transportar gratuitamente el equipaje de sus clientes, ya que no se considera un servicio indispensable para el transporte de estos, como pudiera serlo el equipaje de mano que siempre es gratuito. La sentencia añade que si la normativa nacional prohíbe la aplicación de tasas al facturado de equipaje están vulnerando las normas de la UE.