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Caso Faisán

El Supremo confirma las penas de los implicados en el caso Faisán

Por Gema PlazaTiempo de lectura1 min
España15-07-2014

El exjefe de la Policía del País Vasco, Enrique Pamies y el inspector jefe, José María Ballesteros alertaron a ETA en el año 2006 que desde dentro del cuerpo se iba a realizar una operación contra su organismo de extorsión. La sentencia del tribunal ha confirmado que no hubo delito de colaboración con la organización terrorista, ya que con el chivatazo no pretendían ayudar a ETA, sino más bien no romper el proceso de cese de violencia puesto en marcha por el grupo terrorista.

El supremo también ha rechazado las acusaciones particulares como las de la fiscalía que pedía que se les imputase el delito de colaboración con la banda. Más tarde, en la audiencia, la fiscalía ha reconocido que no hubo tal delito. La sentencia de la Audiencia Nacional, ratificada este martes por el Tribunal Supremo, corrobora como Enrique Pamies, el 4 de mayo de 2006, da un chivatazo al dueño del bar Faisán de una operación en contra de la red de extorsión de ETA, todo esto con la ayuda de José María Ballesteros. Según el Supremo, los acusados no habrían cometido ningún delito si hubieran acudido a las autoridades judiciales o policiales implicadas en el caso para decidir posponer la operación. En cambio los acusados decidieron contactar directamente con la banda a espaldas del organismo que preparaba el operativo. La Sentencia final del Tribunal, también recoge algunos votos particulares como el del magistrado Alberto Jorge Barreiro, que añade que deberían haber sido condenados por el delito de colaboración pero aplicándoles la eximente del cumplimiento del deber. Otro voto presente en la sentencia es el pronunciado por magistrado Miguel Colmenero, el cual piensa que se trata de un acto de colaboración con la organización al dejarles en libertad e impunes por sus actos delictivos de extorsión.