Internet
Se condena a Google a pagar 900.000 euros
Por Carlos Martínez de Leyva3 min
Comunicación20-12-2013
La empresa estadounidense Google ha sido sentenciada a pagar 900.000 euros por haber cometido tres infracciones consideradas graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos. La multa de cada una de ellas con un coste de 300.000 euros, lo que aumenta la sanción hasta 900.000 euros por vulnerar el derecho a la protección de los datos personales reconocido por el artículo 18 de la Constitución Española y regulado en la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Una de ellas es manejar los datos personales de forma ilegitima.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha sancionado a Google por cometer tres infracciones graves de la Ley Orgánica de Protección de Datos, cada una multada con 300.000 euros, lo que aumenta la sanción hasta 900.000 euros (aplicando el concurso medial). por vulneraciones "graves" de los derechos de los ciudadanos. Así, se archiva el procedimiento contra la filial española, Google Spain S.L. La sanción, "que pone fin a la vía administrativa", podrá recurrirse ante la Agencia y ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en dos meses, si la presentación del recurso no paraliza su ejecución. Para la AEPD Google maneja "ilegítimamente" datos personales, de los que no informa al usuario adecuadamente y sobre con qué fines se recogen. La causa de la sanción está en tratamientos "ilegales" de datos personales derivados de su política de privacidad, modificada hace casi dos años. Para la AEPD, Google combina la información de distintos servicios para usarla con fines no claros, vulnerando la Ley de Protección de Datos. "Google se sirve de una tecnología sofisticada que sobrepasa la capacidad de la mayoría de los usuarios para tomar decisiones conscientes sobre el uso de su información personal por lo que, en la práctica, pierden el control sobre la misma" opina la AEPD. La agencia afirma que "Google almacena y conserva datos personales por periodos indeterminados o injustificados", lo que contraviene la legislación española. "La conservación de los datos por tiempo indefinido, más allá de las exigencias derivadas de las finalidades pretendidas en el momento de la recogida, constituye un tratamiento ilícito", declara la AEPD. Y la compañía "obstaculiza -y en algunos casos impide- el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición", afirma la AEPD. Para probarlo, la agencia afirma que "tanto la información como las herramientas para la gestión de los datos personales se encuentran dispersas en multitud de enlaces, no resultan visibles en todos los casos y proporcionan vías ciegas en otros". "Incluso en la propia Política de Privacidad Google", recuerda la AEPD, "declara expresamente que se reserva el derecho a no atender las solicitudes que supongan un esfuerzo técnico desproporcionado, que es una circunstancia no prevista en la normativa". El procedimiento se inició en junio, "en el marco de una acción coordinada con las Autoridades de Protección de Datos de Alemania, Francia, Holanda, Italia y Reino Unido". El procedimiento sancionador se inició al sospechar que había indicios de la comisión de seis infracciones, cinco de ellas graves, que terminaron en las tres sanciones. Google aseguró que se comprometió con la AEPD a explicar su política de privacidad y como crear servicios más eficaces y simples, además de seguir haciéndolo y examinar la resolución que fija los pasos a seguir. Holanda hizo un informe que muestra que Google no informa bien de cómo recoger y combinar datos de usuarios y su fin. Aún no ha decidido si hay sanción. "Google lanza una red invisible a nuestros datos personales sin nuestro consentimiento. Y eso está prohibido por la ley", señaló Jacob Kohnstamm, presidente de la autoridad holandesa de protección de datos. El director de la AEPD, José Luis Rodríguez recordó que 27 países europeos solicitaron su colaboración sin recibir respuesta satisfactoria de Google.