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Televisión

EL Mundial y la Eurocopa podrán ser vistos "en abierto"

Por E. GaraguiTiempo de lectura2 min
Comunicación18-07-2013

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desestimado los recursos de la UEFA y la FIFA contra las sentencias de la Corte General relativas a la retransmisión televisiva de la Copa del Mundo y la Eurocopa, de manera que los países podrán pedir que se emitan en abierto en determinados casos. La justicia comunitaria europea considera en el texto de la sentencia que la retransmisión de esos eventos deportivos "en abierto", sin limitación alguna, es un hecho "de mucha importancia" e incluso destaca los beneficios "sociales" de dicha transmisión sin restricciones.

La sentencia tiene su origen en la decisión de la Comisión Europea (CE) de avalar las listas que elaboraron Bélgica y el Reino Unido con acontecimientos considerados de gran importancia para sus respectivas sociedades. Además de considerar que así se salvaguarda el derecho a la información. En la lista belga se incluían, entre otros, todos los partidos de la fase final de la Copa del Mundo, en tanto que en la del Reino Unido se hacía referencia a la totalidad de los partidos de la fase final del Mundial y de la Eurocopa, entre otros acontecimientos. La FIFA y la UEFA impugnaron la decisión de la CE ante el tribunal General por considerar que no todos estos partidos merecían la calificación de acontecimientos de gran importancia. Sin embargo la Corte desestimó ese argumento y las dos asociaciones de fútbol recurrieron ante el Tribunal de Justicia de la UE. En sus sentencias dictadas hoy, este tribunal recuerda que el que un Estado miembro califique determinados acontecimientos como de gran importancia para su sociedad y la prohibición de que se retransmitan de manera exclusiva, "constituyen obstáculos a la libre prestación de servicios, a la libertad de establecimiento, a la libre competencia y al derecho de propiedad". No obstante señala que esos obstáculos están justificados si se protege el "derecho a la información" y si se "garantiza un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de tales acontecimientos". La Corte destaca que corresponde "exclusivamente a los Estados miembros determinar cuáles son esos acontecimientos" y que la función de la CE en este ámbito se limita a comprobar si éstos respetan el Derecho de la Unión. A partir de ahora, un gobierno de la UE podrá, con la sentencia en la mano, obligar a las cadenas de televisión a emitir los partidos de Liga de Campeones y de los Mundiales de fútbol en aras "del reconocimiento del derecho a la información y la necesidad de garantizar un amplio acceso del público a la cobertura televisiva de estos acontecimientos".