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CASO BRETÓN

Bretón reaviva el debate sobre la condena perpetua revisable

Por Selene PisabarroTiempo de lectura3 min
España13-07-2013

La desaparición y el posterior proceso de búsqueda de José y Ruth Bretón Ortiz ha conmocionado a toda España, que aún no se explica cómo un padre ha sido capaz de matar a sus hijos con tanta crueldad y sangre fría. Los expertos que le han evaluado psicológicamente, han destacado de él que es una persona fría que sabe controlar sus emociones y sus sentimientos, mientras que en lo personal, familiares y amigos han calificado de “muy estricto” el comportamiento con sus hijos.

En España, durante los últimos años se han dado casos que coinciden en algunos aspectos con el de los niños de Córdoba. En 2008, Mari Luz Cortés, una niña onubense de cuatro años que desapareció y fue asesinada por Santiago del Valle, un pederasta que, además, abusó de ella. En este caso, Del Valle no pertenecía al círculo de Mari Luz y padece esquizofrenia aunque no es lo suficientemente grave como para que no distinga los actos ilegales que comete, por lo que su pena no tiene atenuante. En el crimen de Marta del Castillo, el asesino confeso es el que era su novio por entonces, Samuel Carcaño, que la mató y escondió su cuerpo, que aún se encuentra en paradero desconocido. Los expertos le describen como manipulador, violento e impulsivo. Durante las quince sesiones del juicio de Bretón, cada vez ha cobrado con más fuerza la cuestión sobre si a Bretón se le debe aplicar la cadena perpetua revisable o no. La cadena perpetua revisable se aplica a delitos de máxima gravedad, como es el caso Bretón (porque ha asesinado a dos menores). Esta cadena perpetua es una pena privativa de libertad de duración indeterminada para los delitos graves o muy graves, pero es revisable de manera obligatoria cuando el condenado ha cumplido un largo periodo de tiempo en la cárcel. En la legislación penal española, la pena máxima se elevó hasta los 40 años de prisión con el gobierno de Aznar en 2003, que es lo que comúnmente se conoce como “cadena perpetua” en España, aunque hasta el momento nadie ha llegado a pasar tanto tiempo en la cárcel ya que la Constitución obliga expresamente a que las penas que se adopten para los presos estén destinadas a la reeducación y reinserción social. A finales del pasado año, el Gobierno anunció que introducirá varias reformas en el Código Penal, entre las que se figurará la cadena perpetua revisable, que ya es un borrador del anteproyecto de ley. La condena será revisable entre los 25 y 35 años de su cumplimiento para poder efectuar hasta el final la pena impuesta y se hará una revisión de oficio de la pena cada dos años. El Consejo de Estado, que es el órgano consultivo del Gobierno, y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han dado luz verde a este cambio ya que no se opone a la Constitución. En el caso de Bretón, se puede aplicar y su mujer, Ruth Ortiz, pidió durante el juicio la condena perpetua revisable y que no se le concedieran privilegios como tercer grado o el indulto del Gobierno. Por el momento, se espera que la condena ascienda a 40 años de prisión y que se cumpla íntegramente ya que se le acusa de delito de asesinato con las agravantes de ensañamiento alevosía y parentesco. Esta pena podría ser aplicable para Bretón ya que, entre los supuestos en los que cabe su aplicación se encuentra el asesinato de "personas especialmente vulnerables". Sin embargo, hay algo que lo pone difícil: esta figura no ha entrado aún en vigor, lo que imposibilita que se aplique al Caso Bretón.