CASO BLESA
El CGPJ rechaza conceder amparo al juez Silva
Por Alba P. Huertas
2 min
España24-06-2013
Los vocales que integran la Comisión Permanente del Consejo General de Poder Judicial (CGPJ) han rechazado por unanimidad la petición de amparo del Elpidio José Silva encargado del caso Blesa ante las presiones que dice sufrir por parte de la Fiscalía, los medios de comunicación y del propio CGPJ. Han argumentado que la petición se presentó fuera de plazo ya que según el artículo 320 del Reglamento de la Carrera Judicial se establecen diez días a contar desde los hechos. Además asegura que la Fiscalía está actuando correctamente y que el juez Silva debe soportar la crítica por parte de la prensa. Otros motivos son “la falta de instancia por el propio interesado”, “la no concesión del amparo en supuestos análogos” y “la carencia manifiesta de fundamento”.
En lo referente a los medios de comunicación el CGPJ afirma que “no sólo es admisible sino necesaria en un Estado de Derecho, ya provengan de los medios de comunicación o bien de los ciudadanos en general”. Añaden que las declaraciones en contra del juez “se considera que entran dentro de la crítica admisible, no producen por ello injerencia en la independencia judicial, y en consecuencia no son susceptibles de motivar la concesión del amparo”. En cuanto a la Fiscalía el CGPJ afirma que ha actuado “en el marco que le confiere la Ley Orgánica del Estatuto del Ministerio Fiscal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal”. El juez Silva también pidió amparo en la investigación que el propio CGPJ lleva contra él por dos posibles faltas muy graves. Pero respecto a este asunto la Comisión Permanente no puede hacer nada. Además el juez Silva hizo una comparación con otros compañeros de carrera en su escrito, acusando como promotor de esas situaciones al presidente del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, Vicente Rouco. Ante esto el CGPJ afirma que “se refieren a hechos de hace varios años y que además nada tienen que ver con la tramitación de la causa que ahora motiva la petición de amparo”. La resolución también rechaza las manifestaciones que el presidente del Tribunal Supremo y el CGPJ, Gonzalo Moliner, hizo sobre el caso ya que son “también extemporáneas y fuera del plazo establecido expresamente en el artículo 320 del Reglamento 2/2011, de la carrera judicial”. La resolución también recuerda que la concesión de amparo precisa que las circunstancias denunciadas sean analizadas “desde un punto de vista objetivo, alcancen virtualidad suficiente como para lograr la perturbación de la independencia judicial”. Es decir, la concesión de amparo “exige la verificación de que los medios o instrumentos de presión o influencia en el juez que está conociendo del asunto” y añade que “no siempre es fácil determinar los límites de esta situación de riesgo”. La semana pasada fuentes del CGPJ aconsejaron al juez Silva que presentara formalmente la solicitad de amparo tras denunciar estar sufriendo presiones e injerencias por el caso Blesa.





