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VIVIENDA

Entra en vigor la nueva ley del alquiler

Por Irene Flores RuizTiempo de lectura3 min
Economía06-06-2013

Si usted se dispone a alquilar una casa, es necesario que revise la Ley de medidas de flexibilización y fomento del mercado del alquiler de viviendas que ha entrado en vigor, este jueves, aunque fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado miércoles. Entre las principales novedades, se encuentra el fin de las ayudas directas a la hora de alquilar, la creación del denominado “desahucio exprés” así como de un registro de morosos o cambios en la duración de los contratos.

El proyecto de Ley fue aprobado el pasado mes de agosto e introduce una serie de cambios en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) de 1994. En concreto, con esta nueva ley, se procederá a eliminar las ayudas al alquiler como la Renta Básica de Emancipación (RBE), en vigor desde el año 2008, que suponía una ayuda con una cuantía máxima de 210 euros al mes durante cuatro años. En este sentido, la disposición adicional segunda de la ley, destaca que las Ayudas Estatales Directas a la Entrada que subsistirán sólo se obtendrán cuando haya conformidad con Fomento y cuando el beneficiario pida el préstamo con un plazo de dos meses que cuentan a partir de la entrada en vigor de la ley. Sin embargo, la ley señala que las ayudas del programa de inquilinos, ayudas a las áreas de rehabilitación integral y renovación urbana, rehabilitación asilada así como el programa Renove se mantendrán hasta que se hagan efectivas las nuevas ayudas previstas en el Plan Estatal de Vivienda 2013-2016. Lo mismo sucederá con las ayudas a la RBE que subsistan. El ministerio de Fomento ha subrayado que aunque existan individuos a los que se retire la RBE, podrán optar a las nuevas ayudas de alquiler siempre y cuando cumplan con los requisitos. Asimismo, la misma disposición adicional señala que se mantienen todas las ayudas de subsidiación de préstamos convenidos que hayan sido reconocidas antes del 15 de julio de 2012, que sean conformes a lo exigido por Fomento, siempre y cuando el beneficiario lo formalice con un plazo de un máximo de dos meses desde la entrada en vigor de la nueva ley. Además, Fomento ha destacado que, a pesar de que haya entrado en vigor la ley, las aproximadamente 250.000 familias que perciben las ayudas a la adquisición de vivienda protegida podrán mantenerlas durante cinco años como fue reconocido en su momento. En cuanto a las demás novedades, se señala que con sólo un mes de impago, el contrato queda rescindido y se inicia un desahucio “exprés” que podrá efectuarse a los diez días reduciendo de esta manera las notificaciones. También, con el fin de hacer frente a los impagos, el gobierno ha creado una lista de morosos dónde todo propietario podrá comprobar cualquier incumplimiento de pago de cualquier ciudadano. Por otro lado, disminuye la duración del contrato de arrendamiento que pasa de los cinco a los tres años y una vez que se agota este plazo, se procede a su renovación durante un año más en el caso de que ninguna de las partes implicadas se pronuncie. Además, la ley prevé que se pueda inscribir el contrato firmado en el Registro de la Propiedad. La nueva ley señala que el inquilino puede abandonar la vivienda una vez transcurridos los seis meses y tendrá que avisar con treinta días de antelación y, si así está referenciado en el contrato, deberá abonar una indemnización. Por su parte, el arrendatario podrá recuperar el inmueble que ha alquilado en el caso de que lo necesite tanto él como su familia. Para tal efecto, deberá avisar al inquilino con un plazo de dos meses y sólo podrá llevarse a cabo si ha transcurrido un año desde la firma del contrato. Entre otras novedades, se encuentran la autorización a realizar obras en la vivienda alquilada a un discapacitado siempre y cuando sean notificadas y se vuelva al estado del piso anterior en el momento en que se firmó el contrato o la posibilidad, una vez transcurridos los tres años de la firma del contrato, de negociar entre ambos el precio del alquiler sin tener en cuenta el Índice de Precios al Consumo (IPC).