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UNIÓN EUROPEA

El Tribunal de Justicia de la UE condena a España por el IVA reducido

Por Gabriela MirandaTiempo de lectura1 min
Economía17-01-2012

"La directiva sólo permite aplicar un tipo de IVA reducido a los productos acabados, susceptibles de ser utilizados directamente por el consumidor final, y excluye los productos que pueden emplearse para la obtención de medicamentos, que deben ser objeto normalmente de una transformación posterior", dice la sentencia.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) afirmó que España ha incumplido la Directiva europea sobre el IVA al aplicar tipos reducidos de este impuesto a categorías de bienes más amplias que las previstas en el ámbito de los productos farmacéuticos y equipos médicos. La directiva del IVA autoriza a los Estados miembros a aplicar un tipo reducido a los equipos médicos, a los aparatos y a demás instrumental "utilizados normalmente para aliviar o tratar deficiencias" que sean "para uso personal y exclusivo de minusválidos". Sin embargo, España aplica el IVA reducido a los equipos médicos y productos sanitarios en general (aparatos para medir la presión sanguínea, termómetros, agujas, guantes, máscaras, gorros y batas médicas) y a los aparatos para animales discapacitados. La sentencia emitida por el TUE indica que "la directiva sólo permite aplicar un tipo de IVA reducido a los productos acabados, susceptibles de ser utilizados directamente por el consumidor final, y excluye los productos que pueden emplearse para la obtención de medicamentos, que deben ser objeto normalmente de una transformación posterior". La norma europea contempla también la aplicación de un tipo reducido para los productos farmacéuticos usados normalmente a efectos de asistencia sanitaria, prevención de enfermedades y tratamiento médico y veterinario.