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BODAS CIVILES

Una juez cuestiona la Ley del matrimonio homosexual

Por Elena R. BlázquezTiempo de lectura2 min
Sociedad20-07-2005

Cuando dos mujeres solicitaron casarse en el Registro Civil de Denia, en vez de la confirmación de su amor, recibieron un escrito de la juez que debía registrar las nupcias en el que les pedía que defendieran la constitucionalidad de la ley que reconoce su derecho al matrimonio.

Laura Alabau, titular del Juzgado Número Tres de Denia (Alicante) ha encontrado que el artículo 44 del Código Civil vulnera el artículo 32.1 de la Constitución, según el cual "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio con plena igualdad jurídica". En cambio, el artículo 44 del Código Civil, que fuera reformado para permitir el matrimonio homosexual, afirma que "el hombre y la mujer tienen derecho a contraer matrimonio conforme a las disposiciones de este Código. El matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo". La juez, tras recibir la solicitud de dos mujeres para casarse, anunció su intención de presentar una cuestión de inconstitucionalidad e instó al fiscal y a las dos mujeres a que emitiesen sendos informes sobre la constitucionalidad de la norma, en un plazo máximo de diez días. Sólo decidirá cuando tenga todas las respuestas. De momento, la Fiscalía de Alicante ya ha contestado y considera que la ley es constitucional. De la misma opinión es el ministro de Justicia, Juan Fernando López Aguilar, quien explica que sólo se permite interponer una cuestión de inconstitucionalidad cuando la ley es determinante para el fallo, es decir, para dirimir un conflicto entre dos partes. Pero en el caso del matrimonio, la intervención del juez no es un acto jurisdiccional, sino sólo registral. En cambio, el presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Francisco José Hernando, afirma que la juez está en su derecho de plantear al Tribunal Constitucional sus dudas sobre la norma. Hasta ahora, el abogado de la pareja de lesbianas no ha emitido su informe. Cuando lo haga, la juez de Denia dispone de tres días para dictar el auto, que no se podrá recurrir. En el caso de que el Tribunal Constitucional admitiese a trámite la cuestión, las dos mujeres podrían casarse en cualquier otro Registro Civil de España. Además, la juez del Registro Civil Número Dos de Barcelona, María del Mar Ortega, ha consultado a la Dirección General de Registros y del Notariado (DGRN) cómo actuar en los matrimonios homosexuales cuando un miembro de la pareja pertenece a otro país, en el que no se reconocen las uniones entre personas del mismo sexo. En este sentido, el juez de Paz de Canet de Mar (Barcelona) ha exigido a un hindú que presente un informe del consulado de su país en el que manifieste si es libre para casarse y si en India están autorizados estos matrimonios. Al contrario que el juez de Mollet del Vallès, quien ha permitido el matrimonio ente dos mujeres, una de ellas argentina. Se ha amparado en la ley sobre matrimonios homosexuales y en la Constitución de 1978, que reconoce que "todo sujeto, español o extranjero, debe tener la posibilidad de contraer matrimonio con sujeción a los requisitos establecidos en la Ley española". Además, considera que los obstáculos legales aún no son una certeza, mientras el DGRN no elabore una doctrina específica.