Medio Ambiente
La jueza archiva de nuevo el caso Aznalcóllar
Por Elena Pedroche2 min
Sociedad21-12-2015
Tras los recursos de reforma presentados por Emerita Resources, la empresa que no consiguió el concurso, y por Manos Limpias, la juez ha tomado la decisión de confirmar el archivo de la causa. Patricia Fernández, juez de instrucción 3 de Sevilla, ha archivado la denuncia al considerar que no existían indicios de prevaricación en la decisión adoptada por la Junta de Andalucía. Ahora será la Audiencia de Sevilla la que se pronuncie sobre el caso por el recurso de apelación presentado.
La juez abrió la investigación del caso después de la denuncia presentada el 2 de marzo de 2015 por Emerita Resources, la otra empresa finalista del concurso, que considerba que en la concesión se cometieron los delitos de prevaricación, cohecho, tráfico de influencias y negociación ilegal.
El pasado 6 de noviembre, la juez acordó archivar la causa por primera vez. Siete imputados eran los investigados en el caso por la supuesta prevaricación, entre los que se encontraban la ex directora general de Industria, Energía y Minas de la Junta de Andalucía, María José Asensio Coto, apartada de su cargo tras la imputación judicial y luego restituida en su puesto. En el auto de archivo, la juez explicó que la concesión de la mina, realizada el 20 de febrero de 2015 por parte de la Junta de Andalucía, no presentaba indicios de que hubiese existido un acuerdo entre los imputados para favorecer a la empresa Minorbis.
"No puede convertirse a la instrucción penal en instancia encargada de la baremación de las diversas soluciones propuestas si no existen indicios suficientes, más allá de meras sospechas o conjeturas, de la existencia de desviación de poder al ejercer las potestades de selección de las ofertas presentadas", explicaba Fernández en el auto. Además, añadía que en este caso "no puede afirmarse la concurrencia de los requisitos descritos como propios de la prevaricación en el procedimiento y trámites del concurso relacionado con la adjudicación de la explotación de la mina de Aznalcóllar". Por este motivo, la juez afirmaba que "en principio, hemos de concluir que el procedimiento observado ha sido el correcto".
En el auto, la instructora del caso destaca que el juzgado no puede "sustituir la labor propia de los integrantes de la mesa y de la comisión" del concurso y que era una práctica habitual de las empresas del sector intercambiar opiniones y contactos entre ellas y con la dirección general de Minas. Este es el motivo principal por el que la juez no aprecia delitos en las visitas o manifestaciones verbales en las visitas del directivo de Magtel, Mario López Magdaleno, ni en la llamada que reconoció que hizo el secretario general de Innovación, Industria y Energía, Vicente Fernández, para preguntar por el proceso de negociación.
Tan solo tres días antes de la notificación del primer auto de archivo, la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio anunció que dejaba sin efecto la paralización cautelar de la adjudicación de la explotación de la mina de Aznalcóllar.