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DERECHOS HUMANOS

La Justicia europea da la razón a España en el caso Laza y Zabala

Por Federico MunarrizTiempo de lectura1 min
España02-11-2010

En Estrasbrugo, el Tribunal de Derechos Humanos examinó y concluyó que España no violó el Convenio Europeo de Derechos Humanos por la forma de cómo se llevó a cabo el juicio del caso Lasa-Zabala, por el secuestro y el asesinato de dos presuntos miembros de ETA.

Colectivamente las tres demandas fueron presentadas por los ex guardias civiles Ángel Vaquero, Enrique Dorado y Felipe Bayo; el ex general Enrique Rodríguez Galindo y Julien Elgorriaga, quienes equitativamente fueron condenados a penas entre 67 años y 8 meses y 71 años de cárcel por el caso Lasa-Zabala. El Tribunal de Estrasburgo dice que España no violó los artículos 6.1 que se refiere al derecho de un juicio justo, el 6.2 que dice presunción de inocencia y el artículo 6.3 que se refiere a los derechos de defensa, del citado convenio. La reacción de los demandantes fue sorprendente y dicen "haber sido victimas de una violación de principio de presunción de inocencia y de los Derechos de la defensa". Ángel Vaquero, Enrique Dorado y Felipe Bayo se quejaron también de que "el juez de instrucción se hubiera negado, por una decisión no motivada, a aceptar las pruebas propuestas". Vaquero también consideró que fue condenado con "las declaraciones hechas a puerta cerrada por el tercer demandante, que se retractó después". Por su parte, Rodríguez Galindo afirmó haber sido condenado sin pruebas, y Elgorriaga se quejó de haber declarado ante el juez de instrucción con la ausencia de un abogado y de protagonizar una investigación con un testigo de cargo nueve meses después sin haber sido imputados previamente. Los tres primeros demandantes han estado representado por Jorge Argote; el ex general de la guardia civil por José María Fuster Fabra, y Elgorriaga está representado por Francisco Javier Lozano. El Tribunal de Estrasburgo recuerda a los demandantes que, entre sus atribuciones, no está la de sustituir la apreciación de los hechos y pruebas utilizadas por las jurisdicciones internas y sí "asegurar que las pruebas hayan estado presentes para garantizar un proceso justo".